El decreto que fijaba el incremento del 7 % para el 2016 fue declarado nulo por la Sección Segunda del Consejo de Estado.
El alto tribunal considera necesaria la explicación con fundamentos y precisión por parte del Gobierno Nacional cada vez que se vea obligado a decretar ajustes al salario mínimo.
La Sección Segunda aclaró que la decisión no afecta los salarios, tributos, multas y demás pagos que fueron efectuados bajo la norma.
Debido a los datos incompletos y la falta de explicación de la influencia de las cifras presentadas por el Gobierno Nacional en la expedición del acto administrativo provocaron la anulación del decreto por parte de la sala.