En los esquemas de cátedra universitaria en las facultades de derecho es propio aprehender mecanizado algunas instituciones, sistemas y fuentes en especial del tema al que quiero hacer mención.
Fuentes del derecho se entiende por ello un tipo de génesis o principio de donde nace esta ciencia social como muchos la denominan, esas fuentes como la costumbre, la jurisprudencia, el derecho positivo o normas jurídicas de igual forma apuntan a que en cualquier sistema o conjunto jurídico coexista una armonía para llegar a los fines esenciales de esta ciencia social.
En países latinoamericanos, Sudeste asiático y algunos países de África convergen una cantidad abrumadora de normas positivas, pero también es cierto que en países cuyas democracias se tornan débiles en algunos momentos específicos, la jurisprudencia emanada del poder judicial y constitucional para los sistemas como el colombiano, constituye un escenario de seguridad y parcialidad a la hora de orientar a través de esas decisiones el rumbo de nuestro ordenamiento jurídico, estos conceptos a la vista son perfectos en su construcción o adecuación incorporada de otros sistemas, pero, ¿cómo funciona en sí? La vinculación de este tipo de decisiones ya sea por razones o ratio cómo se le llama en latín o la parte resolutiva motiva del cuerpo de una sentencia, cuando existen fenómenos sociales como la corrupción y el clientelismo en los sistemas de poder, (me refiero a algunos mecanismos ilícitos a la hora de administrar justicia en donde algunos jueces y magistrados han sido investigados y sancionados) los cuales atentan con el equilibrio constitucional que debe coexistir en ambas ramas del poder público, contribuyendo asi a la desconfianza institucional, Cuando por algún motivo los sistemas de escogencia y cualificación de los magistrados de altas cortes suponen también un escenario de corrupción como los que ha tenido que vivir nuestra sociedad, los favores y prebendas en la clase tradicional que ostenta el poder político permeando las altas cortes.
Debo destacar en estas líneas la imagen favorable que han construido a lo largo de su historia de conformación constitucional las altas cortes en Colombia; no obstante la situación anteriormente descrita supone que las decisiones proferidas en su gran mayoria podrían estar viciadas, por múltiples razones que la misma ley contempla, ¿y qué hacemos nosotros como sociedad? Simplemente decidimos pasar la pagina y asumir que estos instrumentos del decisión están revestidos de legalidad, presumir que las decisiones emanadas de las altas cortes están ajustadas a derecho y que los escándalos de corrupción como el cartel de la toga, penosa situación acaecida en la rama judicial no tiene entonces objeto de discusión mas allá de los recursos que cada parte interpone como derecho procesal o peor aun no tiene efectos lesivos para el orden jurídico que se intenta establecer o mantener en Colombia.
La pregunta seria, ¿qué hacemos o cómo hacemos con la cantidad de decisiones y orientaciones impartidas por estos altos tribunales viciadas por corrupción? Volvamos entonces a las amnistías e indultos borrón y cuenta nueva aunque se pregone de que estos mecanismos ya no deben coexistir en los modelos democráticos, es una reflexión para finalizar este año 2019 y esperar el panorama sea alentador para el próximo año 2020, gracias por leer estas letras que espero sean de gran interés, un fuerte abrazo y feliz año nuevo para todos los lectores.