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Abuso del derecho a litigar

Es común ver cómo en el imaginario colectivo de la ciudadanía se nos considera a los abogados como una especie de seres provistos de superpoderes para presentar cualquier actuación judicial ante cualquier circunstancia.

Lo perjudicial de esta mala creencia es ver a un grupo de abogados que tratan de justificar esa mentira perversa, y luego enfrentan sanciones o consecuencias desastrosas por el mal ejercicio profesional. 

Veamos a lo que hago referencia, como siempre, con el lenguaje más sencillo posible para hacerme entender ante cualquiera que logre leer estas líneas. 

Primeramente, es importante señalar que el derecho a acceder a la administración de justicia no es absoluto, y es importante que todos lo comprendamos. Hay derechos, deberes y requisitos muy necesarios para estudiar la viabilidad o no de determinada acción judicial.

Toda persona tiene derecho a acceder a la administración de justicia, y en ejercicio de ese derecho, podemos activar el servicio público de justicia sin generar débitos o indemnizaciones por el simple hecho de radicar procesos.

Ahora bien, ¿qué pasa cuando se presentan procesos judiciales con temeridad, mala fe o con fines dañinos? La respuesta a este interrogante es que el afectado con estas acciones temerarias puede solicitar ante los jueces la reparación de los daños causados.

En Sentencia SC-10662021 de fecha 5 de abril de 2021, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia ha señalado situaciones que configuran abuso del derecho a litigar, esto es, cuando las personas acuden a la administración de justicia con ánimo pendenciero, difamatorio, irresponsable, con sabotajes y con mala fe. Tales situaciones son: 

i.) La interposición de acciones temerarias sin consideración al derecho en discusión. Por ejemplo, quien presenta acciones judiciales o recursos infundados con el objetivo de coaccionar, intimidar o dilatar procesos.

ii.) La formulación de denuncias penales sin fundamento. 

iii.) El desistimiento inesperado de procesos judiciales para evitar una inminente sentencia adversa que le otorgue el triunfo a la contraparte.

iv.) El adelanto de un apremiante desistimiento al proceso judicial sin razón aparente. Por ejemplo, el que presenta acciones judiciales como arma de chantaje y de improviso decide renunciar a la continuidad del proceso ante la ausencia de fundamentos legales para avanzar.

En resumidas cuentas, el ejercicio abusivo del derecho a litigar es una irregularidad que puede configurar acciones de responsabilidad civil extracontractual contra esas personas que acuden ante los jueces de manera negligente, temeraria o maliciosa. 

Es clave señalar que aquellas personas que busquen ser reparadas por los agravios de acciones judiciales temerarias promovidas por sujetos con mala fe, deben orientar sus pretensiones por medio de una acción de responsabilidad civil extracontractual, y en ejercicio de dicha acción se deben probar tres elementos decisivos:

1) Existencia de una conducta antijurídica (mala fe, temeridad, culpa o dolo) proveniente de la persona contra la cual se dirige la acción judicial.

2) La existencia de los perjuicios sufridos.

3) El nexo causal entre la actuación de esa persona a la que se le imputa el daño sufrido y lo que es el daño en sí.

El abuso del derecho a litigar tiene serias consecuencias de orden económico.  El uso desmedido e injustificado de acciones judiciales afecta la reputación y el buen nombre de los afectados con estas conductas, pues al final terminan asumiendo altos costos frente al desgaste que implica la defensa judicial, sin contar con la congestión a la administración de justicia que ocasionan estos litigios.

joseangel1528@hotmail.com 

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José Ángel González Cruz: