Gobernador declaró la caducidad del contrato
Según un informe de Noticias RCN, un documento demostraría que empresas que eran extensiones del grupo Nule recibieron millonarios anticipos por obras que no pudieron terminar en el Cesar, las cuales fueron contratadas a través de Mauricio Galofre Amín, asesor de los Nule y representante legal de algunos de sus consorcios (Unión Temporal Sabaneta), y a quien la Gobernación del Cesar le declaró la caducidad de un millonario contrato, con el cual pretendían pavimentar unas vías.
Galofre Amín, como representante legal de la Unión Temporal Sabaneta, se ganó la licitación LSI-09-2009 por más de 4.700 millones de pesos, para la terminación de la pavimentación de seis kilómetros de dos tramos de carreteras en los municipios de Chiriguaná y San Martín en el Cesar, el 27 de noviembre de 2009.
Por concepto de anticipos, recibió cerca de 1.200 millones de pesos de parte del gobierno departamental, pero según la Resolución 3405 del 13 de agosto de 2010, firmada por el gobernador del Cesar, Cristian Moreno Panezo, la Unión Temporal incumplió con las obras, por lo cual la Gobernación hizo uso de la cláusula excepcional de caducidad del contrato, pues el mismo contratista manifestó su imposibilidad de ejecutar la obra por falta de recursos económicos.
Según la resolución, el incumplimiento del contratista afecta gravemente la ejecución oportuna del contrato, generando no solo parálisis de las obras, sino de la prestación misma del servicio público.
En la resolución, el Gobernador compulsa copias para que otras entidades investiguen las supuestas irregularidades de Mauricio Galofre, que podrían ser delitos penales e infracciones fiscales.
Respuesta del gobierno departamental
A través de un comunicado a la opinión pública, el gobierno departamental dio a conocer lo siguiente sobre el contrato con la Unión Temporal Sabaneta: con base en la información emitida por la interventoría “la cual daba cuenta de que transcurridas 10 semanas del plazo de ejecución no existía actividad en obra”, la administración departamental, ante la gravedad del incumplimiento, decretó mediante resolución 3405 del 13 de agosto de 2010 la caducidad del contrato de obra, y ordena hacer efectiva las garantías de anticipo no amortizado y de cumplimiento.
Esto significa que el contratista y/o la compañía de seguros Solidaria de Colombia, deberán reintegrar al Tesoro Departamental 476 millones de pesos por perjuicios derivados del incumplimiento del contrato, y 1.190 millones de pesos por anticipo no amortizado.
Esta decisión estuvo precedida de un procedimiento administrativo adelantado por la Oficina Asesora de Asuntos Jurídicos, para garantizar el debido proceso. Aseguradora y contratista interpusieron recurso de reposición contra esta decisión de caducidad y solicitaron pruebas adicionales.
Con resolución 4290 de 27 de septiembre de 2010, se resuelve el recurso de la aseguradora, se da respuesta a los argumentos técnicos y jurídicos presentados por la compañía de seguros, confirmando la decisión.
El día 3 de marzo de 2011, mediante resolución 590, se dio respuesta a los argumentos técnicos y jurídicos del contratista Unión Temporal Sabaneta, confirmando la decisión.
Esto significa que a partir de la fecha, la administración, a través de la Oficina de Asuntos Jurídicos, iniciará el cobro ejecutivo del recurso público adeudado, y como medida legal para proteger el patrimonio público, e informará a la Procuraduría y a la Cámara de Comercio de la existencia de la sanción de caducidad.
¿Por qué de la demora entre la primera resolución del 13 de agosto de 2010 y la última del 3 de marzo de 2011? Se puede indicar que el 24 de noviembre de 2010 se hizo un acuerdo en virtud del cual el contratista, en un término no superior a dos meses, invertiría la totalidad del anticipo; se hizo un plan de trabajo pero no se cumplió, llevando así a la confirmación de la caducidad.