En fallo de segunda instancia, el Tribunal Administrativo del Cesar dejó en firme la nulidad de la elección de la personera de Chiriguaná, Luzoan Caro Padilla, por lo que el concejo municipal deberá elegir de la lista e elegibles quien ocupará el cargo.
Según el Tribunal, se aceptó el desistimiento del recurso de apelación presentado por el apoderado judicial de Caro Padilla, por lo que quedó sin efectos el recurso de apelación adhesivo interpuesto por el apoderado de Pedro Miguel Peinado (aspirante al cargo de personero), como demandante y como consecuencia se declara en firme la sentencia proferida por el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar el pasado 1 de agosto.
Este fallo del tribunal administrativo configura la vacancia absoluta del cargo de personero de Chiriguaná, el cual debe suplirlo el Concejo Municipal mediante otra elección, que debe hacerse de acuerdo con el resultado final que emitió la Universidad de Cundinamarca, en el concurso de méritos.
La audiencia de los concejales
Ayer se llevó a cabo en la Procuraduría Provincial de Valledupar la audiencia contra los siete concejales de Chiriguaná que eligieron a quien ocupó el tercer puesto en el concurso de méritos para proveer el cargo de personero municipal.
Se trata del presidente de la mesa directiva, Walter García, así como Alexander Barragán, Miguelina Horta, Iván Cadena, Alejandro Malkún, Jaime Cadena y Ernesto López.
Los concejales son investigados por elegir a Luzoan Caro Padilla como personera, elección que fue demandada por Pedro Miguel Peinado, quien resultó ganador del concurso de méritos.
La elección de Caro Padilla fue suspendida en junio por un fallo emitido por el Juzgado Civil del Circuito de Chiriguaná, que exhortó al Concejo Municipal a retomar la lista de elegibles para ocupar dicho cargo y posesione a quien haya obtenido el mayor puntaje. Así mismo el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar emitió un fallo de anulación.
Tras la sumatoria de los resultados de las pruebas de conocimiento aplicadas por la Universidad de Cundinamarca, y las pruebas laborales Pedro Peinado ocupó el primer lugar con 64.67% y Luzoan Caro el tercero tras obtener 62.34%.
Durante la audiencia ante el Ministerio Público, la conducta de los concejales fue calificada como grave y se fijó fecha para el 28 de septiembre para continuar con la diligencia, donde las partes deberán presentar las pruebas admitidas.
En fallo de segunda instancia, el Tribunal Administrativo del Cesar dejó en firme la decisión del Juzgado Octavo Administrativo del Circuito Judicial de Valledupar sobre la nulidad de la elección de la personera de Chiriguaná.
Andreina Bandera / EL PILÓN
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