La Ley 2191 fue sancionada por el Congreso de la República el 6 de enero de este 2022 y tiene por objeto promover la desconexión laboral de los trabajadores, con el fin de garantizar que el empleador no transgreda los límites que deben existir entre la jornada laboral y los tiempos de descanso, licencias, permisos o vacaciones, ni aquellos de la intimidad personal y familiar del trabajador o servidor público, con respecto al uso de herramientas tecnológicas.
Uno de los motivos de la creación de esta ley, cuyo proyecto fue radicado durante el año 2020 y pasó por sus respectivos debates en Cámara y Senado, es intentar conciliar la vida personal, familiar y laboral de la población ocupada en Colombia, lo cual está directamente relacionado con el derecho al trabajo y convenios ratificados por la Organización Internacional del Trabajo, OIT, según el gobierno nacional.
“Entiéndase como el derecho que tienen todos los trabajadores y servidores públicos, a no tener contacto, por cualquier medio o herramienta, bien sea tecnológica o no, para cuestiones relacionadas con su ámbito o actividad laboral, en horarios por fuera de la jornada ordinaria o jornada máxima legal de trabajo, o convenida, ni en sus vacaciones o descansos”, dice explícitamente el articulado.
En ese sentido, dicha ley también deja claro que el empleador deberá abstenerse de formular órdenes u otros requerimientos al trabajador por fuera de la jornada laboral, así como tampoco, tomar medidas represivas. Esta norma fue presentada al Congreso por 13 parlamentarios del partido Liberal Colombiano, una de Cambio Radical y un representante del Conservador.
SOBRE ACOSO LABORAL
El incumplimiento de este derecho desde las empresas puede considerarse, según se define en el documento correspondiente, como una conducta relacionada con el acoso laboral, de acuerdo con lo establecido en los términos de la Ley 1010 de 2006. Por esto, es fundamental que en las organizaciones se desarrolle una política interna de desconexión laboral, la cual debe tener unos preceptos mínimos.
El primero de ellos es tener clara la forma de cómo se garantizará tal derecho, detallando los lineamientos frente al uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, TIC. En segundo lugar, establecer el procedimiento que determine los mecanismos y medios para que los trabajadores o servidores públicos puedan presentar quejas frente a la vulneración del derecho, a nombre propio o de manera anónima.
Finalmente, debe existir un procedimiento para la verificación y solución de un incumplimiento, realizar acuerdos y garantizar el cese de la conducta irregular en la empresa.
EXCEPCIONES
Existen algunas excepciones a esta ley y aplica para trabajadores y servidores públicos que desempeñen cargos de dirección y que por la naturaleza de la actividad que desempeñan deben tener una disponibilidad permanente, como la fuerza pública y organismos de socorro, en la que suelen presentarse situaciones “de fuerza mayor o caso fortuito”, se estableció en el artículo 6.
No obstante, en el mismo texto se resalta que siempre deberá justificarse la inexistencia de otra alternativa viable para acudir a los trabajadores en sus tiempos libres, y que cumplan deberes extra de colaboración con la empresa o institución.
Por ANDREA GUERRA / EL PILÓN.
@andreaguerraperiodista