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Se reactivan las visitas en establecimientos penitenciarios y carcelarios

FOTO: REFERENCIA.

El Ministerio de Salud y el Ministerio de Justicia emitieron la circular conjunta 021 de 2021 con la que autorizan las visitas de cónyuges y familiares a los presos en las cárceles del país. Lo anterior, teniendo en cuenta la reducción de transmisión del covid-19 en el territorio nacional.

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Es necesario salvaguardar el derecho a la salud mental, emocional y psicosocial de las personas privadas de la libertad, en igualdad de derechos con todos los colombianos, considerando que se pueden realizar visitas con las precauciones pertinentes“, aseguró Julián Fernández Niño, director de Epidemiología y Demografía de la cartera de Salud.

El acto administrativo dirigido a las secretarías de salud municipales, distritales y departamentales, así como a directores de establecimientos de reclusión de orden nacional, unidad de servicios penitenciarios y carcelarios, es complementaria a la Resolución 313 del 10 de marzo de 2021, en la cual se actualiza el protocolo de bioseguridad para los Establecimientos de Reclusión del Orden Nacional, ERON.

Fernández anunció que la reactivación de las visitas es de orden nacional y aclaró que el INPEC y las secretarías de salud determinarán la pertinencia y condiciones de la reactivación o restricción, de acuerdo con la situación epidemiológica particular de un ERON o del territorio.

A pesar de que los centros penitenciarios pueden ser susceptibles a nuevos brotes de covid-19, se consideró que estos riesgos se pueden minimizar en la medida que el Inpec y la Unidad Especial de Servicios Penitenciarios y Carcelarios adopten estrictos protocolos de bioseguridad.

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Ante la emergencia de brotes se debe hacer la investigación epidemiológica de campo y el aislamiento temprano de casos y contactos lo más pronto posible, y podrán determinarse restricciones de las visitas, pero estas deberán ser temporales, mientras se cierra el conglomerado, termina el aislamiento de los casos involucrados en los conglomerados y se dan las condiciones preventivas para reabrir los más pronto posible las visitas, puesto que los riesgos del covid-19 son importantes, pero los riesgos para la salud mental también”, añadió Fernández.

Por último, dijo que deben mantener en actualización continua y periódica de las medidas sanitarias, adaptadas al surgimiento de nuevos hechos y evidencias científicas, así como a las necesidades excepcionales y específicas de la población privada de la libertad.

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Cabe resaltar que este grupo poblacional hace parte de la etapa 4 del Plan Nacional de Vacunación contra el coronavirus, por su condición de vulnerabilidad y alto riesgo de contagio.

Categories: Judicial
Lucia Mendoza Cuello: