A través del Decreto 418 del 2020, el Gobierno Nacional reglamentó que la dirección del manejo del orden público con el objeto de prevenir y controlar la propagación del Covid-19 en el territorio nacional dentro de la emergencia sanitaria, estará en cabeza de la Presidencia de la República.
Asimismo, se estableció que las órdenes del presidente de la República, Iván Duque Márquez, en materia de orden público en la emergencia sanitaria, “se aplicarán de manera inmediata y preferente sobre las disposiciones de gobernadores y alcaldes“.
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Con esto, explicó la Ministra del Interior, Alicia Arango, la decisión sobre el orden público estará en manos del Gobierno Nacional y no de las autoridades regionales.
Así lo deja ver el artículo 3 del decreto donde se establece que las instrucciones, actos y órdenes que emitan los gobernadores y alcaldes municipales y distritales en materia de orden público “deberán ser comunicados de manera inmediata al Ministerio del Interior“.
“Tiene que quedar claro que la autoridad en esta situación es el presidente de la República. Está claro cuando el Decreto dice que la dirección del orden público estará en cabeza del presidente“, declaró Arango.
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Con esto, aunque la ministra no lo confirmó, los decretos de los alcaldes entrarían a revisión por el Gobierno Nacional, con la posibilidad de suspender algunos. Cabe recordar que en el Cesar más de la mitad de los alcaldes de los municipios habían declarado toque de queda o ley seca.