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Rechazan solicitud de cárcel para exalcaldesa de Chiriguaná

El Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías Ambulante de Valledupar despachó desfavorablemente la petición de la Fiscalía 11 Especializada de Bogotá de imponer medida de aseguramiento en centro carcelario en contra de la exalcaldesa de Chiriguaná Zunilda Toloza, en el marco del proceso que se adelanta en su contra por presuntamente liderar una asonada en ese municipio, junto a otras personas más en época electoral.

La determinación también benefició a su hermano Simón Toloza Pérez y su esposo Carlos Torregrosa Romero, quienes junto con ella están siendo enjuiciados por los delitos de perturbación de certamen democrático y daño en bien ajeno, en el pleito que se lleva a cabo en el Juzgado Tercero Penal del Circuito con funciones de Conocimiento.

La togada consideró que los elementos materiales probatorios presentados por la Fiscalía no hacían inferencia de la necesidad de imponer esa medida de aseguramiento, ni los motivos sustentados por el ente acusador.

“En este momento no hacen ver la urgencia, una urgencia de unos hechos que ocurrieron en octubre de 2011, que si bien es cierto que la señora Toloza tiene una actividad política en el municipio con su esposo y su hermano, en la actualidad está destituida y cierto es que puede tener un tipo de influencia pero mi pregunta: ¿Por qué entonces antes no se pidió esta medida de aseguramiento? Porque debió haberse hecho antes, si se tenía algunas pruebas como unos contratos y unas declaraciones del 2016 por qué accedió ahora”, dijo la togada en el sustento de la decisión.

La petición el representante del ente acusador la solicitó con base a un acervo probatorio que aparentemente indicarían que la exmandataria compró con el apoyo de los demás unos testigos para que declaren a su favor en el juicio oral a cambio de unos contratos.

“Precisamente de los elementos materiales probatorios que corrió traslado el señor fiscal y de los que también ha corrido traslado la defensa, lo que se observa es un futuro juicio oral bastante activo donde tendrán bastante intervención sujetos procesales, donde tendrá un juez una función bastante importante de evaluar de esos futuros testigos, pero que aún ni siquiera se han decretado todas las pruebas hasta ahora las están pidiendo ante el juez de funciones de conocimiento. Mi conclusión es que este tipo de audiencias no se pueden utilizar para hacer una valoración de proximidad que se hace en una audiencia de juicio oral”, puntualizó la juez.

Ante la decisión las partes no presentaron recurso de apelación.

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