El Consejo de Estado condenó a la Rama Judicial a pagar 57,78 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la época de los hechos, es decir, más de $101.000.000 a un ciclotaxista que estuvo privado injustamente de la libertad tras ser señalado por la Fiscalía de haber abusado sexualmente de una menor de edad en el municipio de Bosconia, en el año 2010. Asimismo deberá reparar a dos familiares del afectado con 28,89 salarios mínimos legales mensuales vigentes, respectivamente.
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Los hechos iniciaron cuando el ciclotaxista conocido como ‘El Negro’ fue detenido el 31 de enero de 2010 en el barrio San Martín por la Policía Nacional, que acudió al sitio por un llamado de la comunidad que retuvo al ciudadano señalándolo de intentar abusar de un menor.
Por esa razón, el capturado fue presentado ante un juez de control de garantías de Bosconia para las audiencias preliminares de legalización de captura, imputación de cargos e imposición de medida de aseguramiento.
En esta última la Fiscalía logró que el despacho impusiera la media privativa de la libertad contra el detenido. De igual manera, le imputó cargos por el delito de acto sexual abusivo con menor de 14 años y fue llevado a juicio.
ASÍ LO ABSOLVIERON
Luego de finalizar el debate probatorio un juez penal de conocimiento del circuito de Valledupar emitió sentido de fallo absolutorio contra el implicado por considerar que las pruebas no fueron contundentes.
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Según la investigación, una ciudadana dijo haber presenciado cómo el indiciado tocó los genitales de la menor y en un examen de Medicina Legal se describía una lesión de la menor en esa zona de su cuerpo.
“Sin embargo, quien dijo haber presenciado el delito no se presentó en el juicio para ratificar su dicho. Además, el examen médico legal tampoco fue concluyente sobre la razón de la lesión en la zona genital de la niña, que pudo haberse originado por cualquier otra circunstancia. Ello implica que el demandante sufrió un daño que no estaba en la obligación de padecer”, dijo el Consejo de Estado.
Así las cosas el 7 de junio de 2011 el hombre pudo recuperar su libertad, pero el procesado y sus familiares interpusieron una demanda de reparación directa, que ahora fue fallada a su favor.
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“La Rama Judicial, en el término de un mes siguiente a la ejecutoria de esta providencia, deberá remitir con destino al señor y su familia, una misiva en la que exprese disculpas a raíz de la privación de la libertad de la cual fue objeto. La Rama Judicial deberá coordinar con el aquí demandante si es suficiente con que el documento le sea entregado personalmente a él o si, además, debe publicarse en las plataformas de comunicación y difusión de la entidad”, concluyó la providencia.