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Procuraduría Provincial absolvió al alcalde de San Diego

Es contrato y no comodato  de la Terminal

Después de analizadas las pruebas presentadas por la defensa y las solicitadas por el órgano de control,  el procurador Provincial de Valledupar Javier Rojas Martínez, absolvió de toda responsabilidad al alcalde de San Diego Juan Enrique Mendoza Arzuaga, respecto al proceso que le seguían por la presunta entrega en comodato a título de préstamo de uso gratuito a un particular (persona natural con ánimo de lucro), las instalaciones de la Terminal de Transporte de la población.
El Procurador Provincial ordenó compulsar copia de la presente decisión para que se investigue la conducta de los ex alcaldes Denis Julio y Rafael Murgas, por la presunta omisión del saneamiento de la titularidad de los bienes  inmuebles del municipio, entre ellos la Terminal de Transportes.
También compulsó copia para que se investigue la conducta de los últimos investigadores de San Diego que han tomado parte en la entrega de algunas de las instalaciones de la  Terminal de Transportes en calidad de comodato a la Cooperativa Cootransdipaz, al igual que a los servidores públicos que participaron en la etapa precontractual del contrato de comodato de fecha 6 de marzo de 2008, celebrado entre el municipio y Jorge Gómez Ocampo.
De igual forma, la Procuraduría Provincial de Valledupar ordenó abril la investigación contra Ildemaro Mendoza Murgas, secretario de planeación para la época de los hechos.

Fue un fallo justo: Alcalde
El alcalde de San Diego Juan Enrique Mendoza Arzuaga, quien indicó que recibió el fallo con humildad y mucha alegría,  manifestó  que la decisión de la Procuraduría Provincial de Valledupar fue justa, porque replanteó  las aseveraciones que inicialmente se habían hecho sobre el tema. “El único propósito que hemos tenido nosotros como administradores del municipio, es el bien de nuestra comunidad, de nuestra gente, en ese sentido seguiremos actuando siempre”, agregó.
El mandatario reconoció que se equivocó en la denominación de lo que se hizo pero al final quedó claro que no fue un comodato, sino un arrendamiento. “Este fallo refleja que nunca hubo comodato, porque no hubo gratuidad que es la esencia del comodato, lo mal llamamos contrato de comodato, pero en verdad fue un contrato de arrendamiento”, explicó Mendoza Arzuaga.

Categories: Política
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