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Procuraduría absolvió al excontralor de Valledupar Jorge Araujo

Excontralor de Valledupar, Jorge Araújo. FOTO/ARCHIVO.

La Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa decidió revocar en su integridad la decisión sancionatoria proferida en diciembre de 2019, por parte de la Procuraduría Regional del Cesar, en contra de Jorge Arturo Araujo Ramírez, excontralor municipal de Valledupar. En la decisión también se absolvió a Araujo de toda responsabilidad disciplinaria.

ANTECEDENTES

Luego de que en 2018, Belisario Jiménez presentara una queja en contra de los concejales de Valledupar y el contralor municipal, la Procuraduría Regional del Cesar abrió una indagación preliminar en contra de Jorge Araujo por haber aceptado el cargo, posesionado y fungir como contralor, no obstante, “estar incurso presuntamente en causales de inhabilidad para el efecto”.

En mayo del 2019 Araujo fue citado a audiencia. Según la Procuraduría violó el literal C del artículo 163 de la Ley 136 de 1994 sobre las inhabilidades para ser elegido contralor, en el sentido que no puede ser elegido quien tenga vínculos de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil con funcionarios que dentro de los 12 meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, administrativa…

Jorge Araujo es hermano de Jorge Eliecer Araujo, quien se había desempeñado como secretario de Educación departamental hasta el 13 de septiembre de 2018.

Por eso, en primera instancia, el 3 de diciembre de 2019, la Procuraduría Regional del Cesar lo declaró responsable y lo sancionó con destitución e inhabilidad por 12 años.

En segunda instancia, la Procuraduría señaló que sí se configuró la causal de inhabilidad, sin embargo, como lo refirió la defensa, se tenía que evaluar la posibilidad de un decaimiento de la causal de inhabilidad producto de las reformas constitucionales instauradas en el artículo 272 de la Carta política por varios actos legislativos.

La norma citada como violatoria del Código disciplinario único fue derogada a partir del 18 de septiembre de 2019, desapareciendo uno de los subjetivos de la conducta como causal de inhabilidad, esto es, facultando a quien tuviese parentesco en segundo grado de afinidad con personas que hayan ejercido autoridad política, administrativa (…) en la misma entidad territorial durante el año previo, con lo cual se concluye que la falta disciplinaria se desestructuró por atipicidad de la conducta”, concluyó la Procuraduría.

Categories: Política
Deivis Caro Daza: