EL PILÓN conoció que el pasado 18 de enero, el Ministerio de Ambiente radicó ante el Consejo de Estado una demanda de nulidad electoral en contra de la directora de Corpocesar, Adriana García, y el representante de las comunidades negras, José Tomás Márquez.
La directora fue elegida el pasado 21 de diciembre de 2023 por 7 de los 13 consejeros. Su elección marcó la primera victoria del grupo político de Kaleb Villalobos frente a los delegados de Presidencia, que tenía el apoyo de 6 consejeros.
Ahora, el Ministerio de Ambiente busca, a través de la demanda, tumbar la elección de Adriana García y además pide una medida cautelar. Según argumenta el representante del Ministerio de Ambiente, el acto electoral del 21 de diciembre “transgredió de manera directa el artículo 28” del estatuto de Corpocesar porque no se le informó con tres días de antelación a los delegados y la elección de director no estaba en la agenda del día.
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En uno de sus párrafos, el artículo 28 del estatuto de Corpocesar establece: “Quienes convoquen a sesiones extraordinarias, deberán indicar en la convocatoria los asuntos que serán sometidos a su consideración. En la sesión extraordinaria solo se podrán tratar los temas para la cual fue convocada”.
SEGUNDO PUNTO
Según el representante del Ministerio, debían citar a una sesión extraordinaria con el objetivo de reanudar la sesión del 27 de octubre de 2023, la cual había sido suspendida por las recusaciones, “y establecer como orden del día el levantamiento de la suspensión, resolver las recusaciones, la elección del próximo director, y finalmente la aprobación del proyecto de acuerdo por medio del cual se elegía al director o directora”.
Sin embargo, en la sesión del 21 de diciembre de 2023, lo que hicieron fue “levantar la suspensión, proponer un nuevo orden del día, resolver las recusaciones y elegir a la directora, sin que los demás delegados pudiesen participar y ejercer los derechos que tenían”, dice la demanda. Por lo anterior, aseguran se materializa el vicio de nulidad de indebida aplicación del artículo 28 del estatuto de Corpocesar.
El jurista del Ministerio va más allá y afirma que la actuación efectuada por el consejo directivo y los delegados atenta contra el “principio de buena fe, debido proceso, al punto que los funcionarios que así actuaron tendrán que responder por sus actos ante la Procuraduría General y la Fiscalía General”.