El alcalde de Valledupar, Mello Castro González, fue sancionado con cinco días de arresto y tres salarios mínimos mensuales vigentes por incumplimiento a la sentencia T-946 de 2011 de la Corte Constitucional, que ordenó desalojar a los invasores y reubicar a los desplazados del predio Sabana I, ubicado al noroccidente de la ciudad.
La sanción la impuso el Juzgado Quinto Civil del Circuito al pronunciarse sobre un incidente de desacato promovido por el abogado Evaristo Rafael Rodríguez Felizzola, en representación de Mauricio Pimienta Naranjo, propietario del predio invadido.
Pimienta Naranjo lleva 11 años esperando a que las autoridades desalojen el terreno Sabana I, donde están asentadas las invasiones Los Guasimales, Altos de Pimienta, Brisas de la Popa y Bello Horizonte II.
LA ALCALDÍA
La Alcaldía Municipal, antes de la sanción, dio a conocer al despacho judicial mediante su asesor jurídico Javier Enrique Montero que ha avanzado en algunas actividades para materializar lo ordenado por la alta corte.
Entre las acciones está la entrega de viviendas de la Urbanización El Porvenir a algunos desplazados del predio Sabanas I.
“Sostiene que, en resumen, a la fecha se encuentran entregadas 556 viviendas discriminadas así: 226 viviendas entregadas antes de los actos vandálicos y 330 viviendas entregadas después de la diligencia de desalojo, así como a la fecha 202 viviendas se encuentran pendientes por entregar y 171 viviendas están invadidas de forma permanente”, reza el fallo del Juzgado Quinto Civil del Circuito.
De igual manera, la Administración Municipal explicó que con acompañamiento de Fonvisocial suscribió con los poseedores de los lotes de los terrenos de Sabana I un acta de compromiso mediante la cual los ocupantes pactan la entrega voluntaria de los lotes invadidos, pero que ha tenido problemas para restituir.
LA JUEZ
No obstante, el Juzgado Quinto Civil consideró que las medidas han sido insuficientes para la protección de los derechos ciudadanos y el acatamiento a lo ordenado por la justicia.
“Si bien es cierto que la orden impartida es compleja, habida cuenta que requería de un lapso significativo de tiempo, y para una planificación de acciones administrativas y del concurso de diferentes autoridades, no lo es menos que el plazo otorgado para su cumplimiento ha sido excesivo, pues desde que se profirió la sentencia de tutela el 16 de diciembre de 2011 a la fecha, han transcurrido más de once (11) años, tiempo del que le corresponde al actual alcalde 3 años contados a partir del 01 de enero de 2020 que asumió el cargo”, consideró el juzgado a cargo de Danith Cecilia Bolívar Ochoa.
Así las cosas, concluyó que la actuación del mandatario se muestra negligente y omisiva ante la orden entregada por la corte.