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Irregularidades en manejo de la emergencia invernal pueden denunciarse ante la Procuraduría

La Procuraduría General de la Nación habilitó la línea gratuita nacional 018000910315 y el correo electrónico emergenciainvernal@procuraduria.gov.co, para que los ciudadanos y organismos locales de control denuncien cualquier acto de corrupción o negligencia en el manejo de los recursos que el Gobierno Nacional ha destinado para atender a los damnificados de la ola invernal.
A través de la Circular 001 del 14 de enero de 2011, el Procurador General, Alejandro Ordóñez Maldonado, solicitó a los procuradores regionales, provinciales y a los personeros, ejercer vigilancia inmediata a la gestión pública de las autoridades departamentales y municipales frente a la situación de desastre nacional por la ola invernal.
El Ministerio Público ha establecido además una Comisión Especial constituida por las delegadas Preventiva para la Vigilancia de la Función Pública, y Preventiva para la Descentralización y las Entidades Territoriales, cuyo propósito es coordinar e intensificar la vigilancia a la administración de los recursos que se invertirán en la atención a los damnificados del invierno y a la reconstrucción de las zonas afectadas. Asimismo, esta Comisión Especial velará por la adecuada y oportuna gestión de las entidades públicas para enfrentar y superar la situación de desastre nacional.
Por instrucción expresa del Procurador General, los procuradores regionales deberán verificar de inmediato las acciones desplegadas en sus regiones para contrarrestar los efectos de la ola invernal y reportar esta información a la Comisión Especial de la PGN. Se ha solicitado a los alcaldes y gobernadores, colaboración armónica con los agentes del Ministerio Público en este propósito.
A través de la Circular 001, se dispuso que los procuradores delegados, regionales, provinciales, personeros y veedores institucionales, adelanten las investigaciones a que hubiera lugar, ajustándose en cuanto corresponda al procedimiento verbal establecido en el artículo 175 de la Ley 734 de 2002.
En la mencionada circular se instruye además a los alcaldes y gobernadores para dar estricto cumplimiento a lo dispuesto por la normatividad relacionada con la prevención y atención de desastres, a fin de garantizar esfuerzos armónicos, efectivos y eficaces, tendientes a la defensa de los intereses de los afectados por el fenómeno climático que ha azotado gran parte del territorio nacional.

Categories: Política
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