La Corte Suprema de Justicia rechazó la acción de tutela que interpuso el empresario Carlos Mattos Barrero en contra del Tribunal Superior Judicial de Bogotá que anuló su condena por corrupción en el caso Hyundai.
Mattos alegó que el tribunal vulneró sus derechos debido a que su defensa había apelado sobre la pena impuesta para que se le tuviera en cuenta mayores beneficios de ley por su allanamiento a cargo, pero terminaron resolviendo la nulidad de lo actuado, con lo que afectaron ‘sus garantías constitucionales’.
En consecuencia, pidió que dieran trámite al recurso de apelación sobre la sentencia y se dejara sin efecto jurídico el fallo del tribunal emitido el pasado 2 de junio.
Además, solicitó que de dejarse sin efectos jurídicos dicha decisión se procediera a declarar la nulidad de lo actuado en el proceso desde la imputación.
Sin embargo, la Corte Suprema consideró que la tutela no era el recurso adecuado para la acción de amparo por dos aspectos fundamentales: primero el proceso estaba en curso todavía y segundo dentro del mismo existían otros mecanismos que podía utilizar la defensa para dar trámite a lo alegado.
“Por lo anterior, no puede acudirse a este excepcionalísimo medio de defensa para reemplazar los procedimientos ordinarios, cuando la tutela se concibió precisamente para suplir la ausencia de éstos y no para resquebrajar los ya existentes, todo lo cual impide considerarlo como medio alternativo o instancia adicional al cual acudir para enderezar actuaciones judiciales supuestamente viciadas”, reza la decisión del supremo judicial.
La condena de 9 años, 5 meses y 10 días que le tumbaron a Mattos había sido proferida por el Juzgado 30 Penal del Circuito con función de Conocimiento de Bogotá por los delitos de cohecho por dar u ofrecer y daño informático agravado.
“Se evidenció que el implicado quería manipular el sistema de reparto en atención a que previamente acordó con el juez sexto civil del circuito de Bogotá, Reinaldo Huertas, y su oficial mayor Dagoberto Rodríguez Niño, el pago de coimas con el propósito que en el proceso civil promovido por Hyundai Colombia se decretara una medida cautelar favorable a sus intereses y que la misma se mantuviera por el lapso de un año”, indicó la sentencia.
En esta también se estableció que, de acuerdo a los elementos de prueba aportados por la Fiscalía, el empresario ofreció millonarias sumas de dinero para obtener la medida que obligaba a Hyundai Company a realizar negocios solamente con homóloga en Colombia, cuyo representante era Carlos Mattos.
Así las cosas, con esta nueva derrota jurídica el empresario por ahora no le quedaría más que retomar su caso desde el allanamiento a cargo, acto que sí validó el tribunal.
Pero al hacerlo los actores procesales deberán determinar el aumento de ingresos que tuvo Mattos en su empresa al beneficiarse con las conductas delictuales.
Mientras tanto Carlos Mattos está privado en la cárcel de Cómbita, Boyacá.