Durante la jornada electoral realizada el domingo 27 de octubre, más de 311 mil ciudadanos eligieron a los nuevos Concejales de Valledupar para el periodo 2020 – 2023, de 333 candidatos, sin embargo, los resultados se darán a conocer este lunes por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE).
La medida fue anunciada por el registrador nacional Juan Carlos Galindo, teniendo en cuenta el Estatuto de Oposición, que entró en vigencia en el 2018, que establece que la segunda votación para presidenciales, gobernaciones y alcaldías tendrán el derecho a ocupar una curul en el Congreso, Asamblea y Concejo, respectivamente.
Pese a la decisión de la Registraduría y con más del 93,69% de las mesas informadas, hasta el cierre de esta edición, EL PILÓN da a conocer el nombre de los posibles candidatos que podrían ocupar las 18 curules del Concejo, si Ernesto Orozco, la segunda votación por la Alcaldía de Valledupar acepta el cargo de concejal.
En esta ocasión los candidatos se inscribieron en 19 partidos y movimientos políticos. Los probables concejales electos de Valledupar teniendo en cuenta el número de votos son: Manuel Gutiérrez Pretel, Ronald Harbey Castillejo De la Hoz y Julio Julio Julio Peralta por el partido Alianza Social Independiente, ASI.
Además, Jorge Andrés Pana Ramos, Jorge Luis Peralta y Rodrigo Andrés Álvarez Yanguas por el Movimiento Equipo Azul; Jorge Armando Daza Lobo, Luis Manuel Fernández Arzuaga por el Partido de la U; Guido Andrés Castilla González y Eduar José Daza Cujia por el partido Conservador.
Así como Cesar de Jesús Maestre Monterrosa, Joserh José Gómez Contreras y Álvaro Enrique Cuello Hinojosa por el movimiento Por Ti Valledupar; José Eduardo Gnecco Zuleta y Luis Fernando Quintero por Cambio Radical, Thelma Gómez Strauch y Mariam Muvdi Vega por el Partido Liberal.
En la carrera por una curul estarían también Pedro Manuel Loperena de MAIS, Jorge Luis Arzuaga del partido Verde y Cheché Orozco por Centro Democrático.
FUNCIONES
Dentro de las funciones de los Concejales de Valledupar está reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio, adoptar las correspondientes planes y programas de desarrollo económico, social y de obras públicas; autorizar al alcalde para celebrar contratos y ejercer pro tempore funciones de las que corresponden al Concejo, elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine, dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio, entre otras.
Por: Carmen Lucía Mendoza Cuello / El Pilón