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Hoy podría definirse suerte de la Concesión de Tránsito

¿Para o sigue?

Para hoy está prevista la Audiencia Pública en la que la Administración Municipal comenzará a definir la suerte del contrato de concesión de tránsito de Valledupar suscrito con la firma Unión Temporal Sistema Inteligente de Tránsito.

La concesión se conoció de manera extraoficial estaría representada por su gerente, Diego Bustos y el afamado abogado Abelardo de La Espriella y se contará, también, con la presencia del representante de la Aseguradora Cóndor.

La audiencia se llevará a cabo en el despacho del alcalde Fredys Socarrás Reales a partir de las 10 de la mañana, dos días después que tras un debate en el Concejo, la corporación concluyera que la Administración Municipal debía decretar la caducidad del contrato de concesión, basada en supuestas irregularidades en su confección y en irregularidades en su ejecución.
Otro precedente de las aparentes anomalías de la referida concesión está contenido en el texto que publicó y lanzó la noche del lunes el presidente ejecutivo de la cámara de Comercio de Valledupar, José Luís Urón Márquez titulado “La verdad no revelada de la concesión de Tránsito en Valledupar”.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 86 literal a) de la Ley 1474 de 2011 y el Decreto Municipal No.000297 del 2012 se expidió la Resolución No. 001177 del 29 de junio del 2012, por medio de la cual se inició una actuación administrativa sobre el Contrato No.015 de 2005 tendiente a verificar si se han presentado los presuntos incumplimientos descritos por la interventoría del contrato en los informes de fecha mayo 24 y junio 4 de 2012, así como de la información de entes externos como son el Ministerio de Transportes y la Federación Colombiana de Municipios, para lo cual se ha convocado al contratista Unión Temporal de Sistemas Inteligentes de Transito de Valledupar UT SIT Valledupar, para que en audiencia  presente sus descargos haciendo valer su derecho de defensa en sede administrativa, fijándose el día 18 de julio de 2012 en el despacho del Alcalde,  el desarrollo de la misma.

El procedimiento

Una vez concluida la audiencia,  la cual se entenderá notificada en dicho acto público, la entidad procederá a decidir sobre la imposición o no de la multa, sanción o declaratoria de incumplimiento.
Contra la decisión proferida sólo procederá el recurso de reposición que se interpondrá, sustentará y decidirá en la misma audiencia.
En desarrollo de la audiencia, el alcalde Fredys Socarrás Reales en su condición de representante legal del Municipio, presentará las circunstancias de hecho que motivan la actuación, enunciará las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo de la actuación. En ella se concederá el uso de la palabra al representante legal del contratista o a quien lo represente, y al garante, para que presenten sus descargos, en desarrollo de lo cual podrá rendir las explicaciones del caso, aportar pruebas y controvertir las presentadas por la entidad.

Hecho lo precedente, mediante resolución motivada se consignará lo ocurrido en desarrollo de la audiencia,  la cual se entenderá notificada en dicho acto público, la entidad procederá a decidir sobre la imposición o no de la multa, sanción o declaratoria de incumplimiento. Contra la decisión proferida sólo procede el recurso de reposición que se interpondrá, sustentará y decidirá en la misma audiencia. La decisión sobre el recurso se entenderá notificada en la misma audiencia.

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