Funcionarios del CTI de la Fiscalía capturaron en Boquerón corregimiento de La Jagua de Ibirico, Cesar, a Alfonso Palacio Niño, exalcalde de ese municipio por el delito de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales.
Su detención se dio mediante orden proferida por el Juzgado Primero Penal Municipal con funciones de control de garantías de Valledupar, a solicitud de una Fiscalía Seccional adscrita a la Unidad de Delitos Contra la Administración Pública de la capital cesarense.
El exfuncionario es investigado por el hallazgo que se hizo en el contrato de consultoría Número 63 de enero de 2010, cuyo objeto era contratar el estudio de viabilidad técnica y financiera para construir una represa en la cuenca del arroyo San Antonio de La Jagua de Ibirico, por valor de 1.490 millones de pesos, pero al parecer, el proceso de selección se inició sin contar con el debido respaldo presupuestal vulnerando el artículo 41 de la Ley 80 de 1993.
Se conoció también de una decisión proferida por el Tribunal Superior de Valledupar, en la que revoca el fallo absolutorio proferido por el Juzgado Único Penal del Circuito de Chiriguaná (Cesar) contra el exalcalde, condenándolo a la pena de 80 meses de prisión por los delitos de peculado por apropiación, prevaricato por acción e interés indebido en la celebración de contratos.
El caso está relacionado con la urgencia manifiesta que decretó en el año 2008 el procesado, mediante Decreto 389 del 31 de mayo de 2008, declaró en materia contractual una Urgencia Manifiesta, y realizó el contrato de obra No. 051 con fecha del 5 de junio de 2008, suscrito entre la Alcaldía de La Jagua y la Corporación de Desarrollo Talento Siglo XXI, por un valor aproximado de 75 millones de pesos; allí se advierten irregularidades por un sobreprecio en los elementos adquiridos dentro de ese contrato.
También contra Palacio Niño se profirió por parte de la Procuraduría Regional, una sanción de destitución e inhabilidad por la falta gravísima a título de dolo en la comisión de irregularidades en materia de dicha contratación, consistente en destitución e inhabilidad para ejercer cargos y funciones públicas por un período de 10 años.
Por Redacción Judicial / EL PILÓN