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Estas son las funciones de los congresistas

La función primordial del Congreso de la República es hacer las leyes, pero adicionalmente desarrolla una serie de tareas relacionadas con el poder político a nivel nacional.

En esta época de campañas políticas a muchos candidatos se les escucha en sus discursos prometiendo cosas que no les corresponden y que saben que no le van a cumplir a las comunidades. Sin embargo, hacen promesas incumplibles para atraer a los votantes y obtener su apoyo en las urnas el próximo 11 de marzo, cuando en Colombia se eligen a senadores y representantes a la Cámara.

Lo más común es prometer obras, que no hacen parte de las funciones de los congresistas; por eso EL PILÓN quiso informar a sus lectores sobre las verdaderas tareas que les corresponden al legislativo, teniendo en cuenta que en el Cesar hay 44 candidatos a la Cámara que buscan obtener una de las cuatro curules que tiene el departamento y muchos coinciden en propuestas.

Lo cierto es que no todos los que llegan al Congreso cumplen con su trabajo. Cada uno se caracteriza por particularidades; unos legislan, otros contestan lista, otros duermen y muchos llegar a incrementar su patrimonio y poder político.

El Congreso está conformado por el Senado de la República y la Cámara de Representantes; y según el artículo 172 de la Constitución Política, “para ser elegido senador se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de 30 años de edad en la fecha de la elección”. Mientras que para ser elegido Representante a la Cámara, el artículo 177 superior, dice que “se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener más de 25 años de edad en la fecha de la elección”. Es decir, cualquier persona que tenga los recursos económicos, un liderazgo y el aval de un partido político, puede llegar al legislativo.

La Constitución Política de Colombia en su artículo 150 estipula que esta corporación nacional se encarga de hacer las leyes y los códigos, se aprueba el plan de desarrollo y las inversiones públicas, se determina la estructura de la administración nacional, se crean o suprimen los ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos, corporaciones autónomas regionales, empresas industriales y comerciales del Estado, se conceden autorizaciones al Gobierno Nacional para celebrar contratos, negociar empréstitos y se reviste al presidente de la República de facultades extraordinarias para expedir normas con fuerza de ley.

También, en el Congreso de Colombia se aprueba el presupuesto de rentas y gastos de la Nación, se establecen las contribuciones fiscales, se determina el sistema financiero y cambiario del país, se aprueba o no los tratados que el Gobierno celebra con otros estados, se dictan normas sobre aprobación o adjudicación y recuperación de tierras baldías, se organiza el crédito público, se regula el comercio exterior, se fija el régimen salarial de los empleados públicos, de los miembros del Congreso y de la fuerza pública.

Estas son algunas de las muchas tareas que tiene el Congreso, sin embargo la Constitución ha tipificado unas funciones puntuales según las leyes.

Función constituyente: es la que le permite al Congreso realizar reformas a la Constitución Política mediante un tipo de proyectos denominados actos legislativos.

Función legislativa: se dice que ésta es la primera función del Congreso y por medio de ella elabora las leyes, las interpreta, las reforma o en algunos casos las deroga.

Control político: el Congreso puede llamar e interrogar a los ministros y demás autoridades a fin de conocer sus actuaciones dentro del cargo y las acusaciones que se les formulen.

Función judicial: el Congreso también puede ejercer una función jurisdiccional en forma excepcional para juzgar, desde el punto de vista político, a los altos funcionarios del Estado.

Función electoral: aunque te pueda sonar extraño, el Congreso también tiene una función electoral, ya que le corresponde elegir al Contralor General de la República, Procurador General de la Nación, Magistrados de la Corte Constitucional y de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, al Defensor del Pueblo, así como al Vicepresidente de la República cuando hay falta absoluta de este.

Función administrativa: esta función la ejerce el Congreso al interior cuando establece la organización y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de Representantes.

Control público: esta función le da la oportunidad al Congreso de llamar a cualquier persona para que rinda declaraciones sobre asuntos o hechos que investiguen las comisiones.
Función de protocolo: esta función se da cuando se reciben jefes de estado o de gobierno de otras naciones.

Además, y de conformidad con lo indicado en el artículo 152 de la Constitución Política, el Congreso expide leyes estatutarias sobre derechos y deberes fundamentales de las personas y los procedimientos y recursos para su protección, normas sobre la administración de justicia, organización y régimen de los partidos políticos y el estatuto de la oposición, mecanismos de participación ciudadana y los estados de excepción. En el Senado de la República se aprueba o imprueban los ascensos militares, se admite la renuncia del presidente o el vicepresidente de la República, se autoriza el tránsito de tropas extranjeras por el territorio nacional y se autoriza al gobierno para declarar la guerra a otra nación.

¿Cómo funcionan?

La Cámara y el Senado se reúnen en sesiones ordinarias por periodos legislativos o legislaturas. Cada año tiene dos: entre el 20 de julio y el 16 de diciembre y otra entre el 16 de marzo y el 20 de junio. Sin embargo, el Gobierno puede convocar al Congreso a sesiones extraordinarias durante el tiempo que considere necesario, pero durante ese tiempo solo deberá ocuparse de lo que motive el llamado a ‘extras’.

Andreina Bandera / EL PILÓN
Andreina.bandera@elpilon.com.co

Categories: Política
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