Tras la renuncia ‘denegada’ al concejal Jorge Eliécer Santana, elegido en las elecciones territoriales de 2019 por el partido Alianza Social Independiente, ASI, la presidencia del Concejo Municipal de La Paz presuntamente estaría omitiendo el deber de “llamar a los candidatos no elegidos de la misma lista en orden de inscripción sucesiva y descendente para que tomen posesión de cargo vacante que corresponde”, de acuerdo al artículo 63 de la Ley 136 de 1994.
“Honorables concejales: me dirijo a ustedes para ratificar mi renuncia, así como lo he venido haciendo por escrito, de mi puño y letra, y por medio de un escrito que he enviado desde donde me encuentro –Nueva Jersey, EE. UU–. Así que le pido, presidenta Belsica Calle, que me resuelva ese tema. De lo contrario, tomaré acciones de acuerdo a lo que contempla la ley”, se escucha a Santana en un audio enviado a la corporación en el mes de noviembre.
Para el caso particular, Karolays Mieles Moscote fue la segunda candidata inscrita en lista cerrada del Partido ASI para las elecciones de 2019 y reclama no haber recibido la notificación de la presidenta del Concejo, Belsica Calle, para asumir el cargo vacante correspondiente.
“Tenía que tomar posesión tres días después de la renuncia del concejal Santana. El alcalde me mandó a llamar para decirme que hiciéramos compromisos. Le respondí que no. Yo tengo que entrar ahí por un derecho. Me imagino que han dilatado el proceso por motivos políticos”, sostuvo Mieles Moscote.
Agregó, además: “La presidenta del Concejo, a través de la respuesta a un derecho de petición, manifiesta que la renuncia del concejal Santana es ilegal, citando algunas normas (sic) de relaciones exteriores donde se menciona que la razón es que [la renuncia] no estaba apostillada. Cerraron período de sesiones el 30 de noviembre. Me han afectado el mínimo vital, porque renuncié al trabajo que tenía en la Registraduría para asumir el cargo de concejala”.
Por su parte, Belsica Calle, presidenta del Concejo, asegura: “La renuncia llegó el 28 de octubre y me entero el primero de noviembre. No podía darle trámite porque no estábamos en sesión. Para que la renuncia fuera legal (sic), él debía haberlo hecho de forma presencial, en plenaria. Además, el documento que presentó no estaba notariado. Finalmente, llega la renuncia autenticada por una notaría de New Jersey, EE.UU. Pero, además, para que un documento expedido en EE. UU. sea legal aquí en Colombia debe estar apostillado por el consulado colombiano”.
EN CONSULTA CON EXPERTOS
EL PILÓN, en consulta con fuentes anónimas, pudo encontrar diferentes perspectivas sobre este tema.
“La renuncia puede hacerse por medio de cualquier persona [amigo o familiar]. Llega, se radica, se coloca el recibido, se pide la lista a la Registraduría y se llama al segundo que venga en el orden de elegibilidad. No sé si esta dilatación tenga un trasfondo político. También, habría que revisar si un concejal para salir del país debe pedir permiso”, arguye una de las fuentes.
Otra de las voces expertas, declara: “Primero, Jorge Santana hace una carta manuscrita solicitando la renuncia, de la cual no se reconoce su legalidad porque la entregó otro concejal. Ahí se vislumbra su intención, pero se desconoce su paradero porque primero dice que estaba en una finca y luego resultó que estaba en Estados Unidos. Cuando se encuentra en Nueva Jersey, él envía un documento notariado más no legalizado. Una cosa es el notariado y otra diferente el apostillamiento y legalización ante la Cancillería”.
ALEXANDER GUTIÉRREZ/ EL PILÓN