El Juzgado Primero Penal del Circuito de Valledupar con Funciones de Conocimiento halló culpable del delito de acto sexual con menor de 14 años a Eduar Álvarez Romero (funcionario de la Defensoría del Pueblo) y a la enfermera Leidys Acosta Pérez.
La tarde de ayer se llevó a cabo la audiencia de sentido de fallo en la que después de escuchados los alegatos de conclusión de la Fiscalía 13 seccional y la defensa de los procesados, el administrador de justicia declaró culpable a la pareja.
En este sentido, el juzgado profirió orden de captura contra los investigados y la audiencia de lectura del fallo de primera instancia para dar a conocer los años de prisión que deberán pagar fue programada para el próximo 24 de agosto.
Los hechos por los que el abogado y la enfermera fueron procesados ocurrieron, según el ente acusador, el 5 de diciembre de 2009, cuando ambos se encontraban en el río Badillo, inmediaciones de corregimiento de La Vega, al norte de Valledupar, y llamaron a un niño y a una niña que estaban en el balneario, donde presuntamente tocaron las partes íntimas de los menores de edad.
Las víctimas de siete y cinco años avisaron a sus familiares y minutos después la Policía capturó a Eduar Álvarez y a Leidy Acosta. En ese entonces, un juez con funciones de garantías le dictó medida de aseguramiento privativa de la libertad a la pareja en la Cárcel Judicial de Valledupar y una semana después, la defensa apeló la decisión y logró que el Juzgado Tercero Penal con Funciones de Control de Garantías, les concediera la libertad.
Por esa libertad, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar condenó a 54 meses de prisión a la jueza Tercera Penal Municipal, Jamillis Herrera Ibarra, por el delito de prevaricato por acción. Señala la sentencia que la jueza expresó saludos de condolencias, de pésame y dolor hacia el abogado y defensor público.
Redacción Judicial / EL PILÓN