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Corte aprobó el “fast track” para implementar acuerdo de paz

La Sala Plena de la Corte Constitucional avaló el Acto Legislativo para la Paz que creó un mecanismo expedito en el Congreso de la República para poder tramitar las reformas necesarias para implementar el acuerdo de paz, denominado ‘fast track’ o ‘vía rápida’.

El ‘fast track’ reduce los tiempos normales en el Congreso para hacer una reforma a la Constitución o tramitar una ley relacionada con el acuerdo de paz.

La Corte sustentó su decisión señalando que se trata de un mecanismo especial y transitorio que no sustituye la Constitución.

La Sala Plena votó a favor de la ponencia de la magistrada María Victoria Calle quien estudió una demanda presentada por el abogado Jesús Pérez quien cuestionó exclusivamente los artículos 1 y 2 del Acto Legislativo que tienen que ver con el ‘fast track’ y las facultades otorgadas al Presidente de la República para expedir decretos con fuerza de ley para implementar lo que sea necesario.

La ponencia señala que este mecanismo expedito tiene como objetivo primordial lograr la paz como un fin imperioso del orden constitucional, que no elimina los procedimientos normales para tramitar leyes en el Congreso, pues es de carácter transitorio, ajustándose así al marco constitucional existente.

Sobre las facultades especiales al Presidente, la ponencia avalada por la Sala Plena indica que se trata de una habilitación que se ejercer por 180 días y que se funda en la Constitución.
Congreso tendría que ratificar su refrendación.

Según se ha establecido, el Congreso en la primera ley que tramite dentro de la vía rápida, debe introducir un artículo que dé por hecho que hay una refrendación del acuerdo de paz.
La Corte Constitucional anunció una rueda de prensa para las 6 de la tarde de este martes.

Categories: Política
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