El Consejo Seccional de la Judicatura declaró improcedente la acción de tutela impetrada por el alcalde de Codazzi, Luis Vladimir Peñaloza Fuentes, con la que pretendía volver al cargo.
El mandatario sancionado por la Procuraduría Regional del Cesar con suspensión de seis meses alegó en la acción de tutela vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, derecho de defensa, presunción de la buena fe, presunción de inocencia, el ejercicio del derecho político sin restricción administrativa, y derecho a la igualdad de trato y respeto.
Sin embargo, el Consejo consideró que no era procedente en este caso, porque el demandante tiene otros mecanismos de defensa judicial para proteger los derechos que considera vulnerados.
Peñaloza Fuentes fue sancionado inicialmente por la Procuraduría Provincial medida que fue confirmada por la Regional, debido a que no apropió los recursos suficientes en el presupuesto para el pago de sentencias judiciales para los años 2017 y 2018 con el fin de dar cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Segundo Administrativo Oral.
El sancionado mandatario, al no apropiar los recursos, no pudo cumplir con el mandamiento de pago en contra del municipio y en favor de la Caja de Compensación Familiar del Cesar, Comfacesar, por más de 101 millones de pesos, incluyendo intereses, costas y agencia de derecho.
Comfacesar era propietaria de un predio que fue utilizado para la ampliación de una vía por parte del municipio y a pesar de que había un convenio entre la Alcaldía de Codazzi y la Gobernación del Cesar de adquisición del lote, estos recursos no fueron pagados a la Caja, que demandó y ganó.
Sandra Santiago B. / EL PILÓN
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