Este lunes 20 de septiembre se conoció que el Consejo de Estado, en Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, revocó la suspensión de la personera municipal de Aguachica, Johana Caviedes.
Mediante auto de segunda instancia el Consejo resolvió: “Revocar los autos del 11 de marzo de 2021, a través de los cuales el Tribunal Administrativo del Cesar decretó la medida cautelar solicitada por los demandantes”. Por lo tanto, fue negada la suspensión provisional de los efectos de la elección de la personera de dicho municipio.
Caviedes había recibido dos demandas de nulidad electoral con el fin de revocarla de sus funciones por presuntas irregularidades, una de ellas tenía que ver con un contrato que suscribió por prestación de servicios con la Defensoría del Pueblo, para ejecutarse en Aguachica un año antes de su elección. La suscripción de dicho contrato la inhabilitaba para ser elegida como personera municipal. La primera demanda fue presentada por Octavio José Guerra Hinojosa, esta fue admitida por el Tribunal Administrativo del Cesar y le fue decretada la suspensión provisional del acto administrativo en el que el Concejo Municipal de Aguachica la designó para ocupar el cargo. La segunda demanda fue realizada por Fredy Martínez, por lo que nuevamente Caviedes fue suspendida provisionalmente de sus funciones como personera.