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Confirman fallo contra Luis Carlos Matute: ocho años de inhabilidad

El exsecretario de Educación Municipal, Luis Carlos Matute De la Rosa.

La Procuraduría Regional confirmó en segunda instancia el fallo en contra de Luis Carlos Matute, exsecretario de Educación de Valledupar, quien fue inhabilitado para ejercer cargos públicos durante 8 años, por presuntas irregularidades en la contratación de un material para capacitar a estudiantes de secundaria para las Pruebas Saber Pro.

La decisión se dio a raíz de una queja presentada por el exconcejal Ricardo Vives por la celebración de un contrato en el 2018. En cabeza de Matute, ese año la Secretaría de Educación Municipal firmó un contrato de prestación de servicios para la “Adquisición de material didáctico de apoyo a pruebas saber y acompañamiento en el desarrollo y evaluación de competencias”.

IRREGULARIDADES

El contrato de $990 millones se firmó el 20 de junio de 2018 entre el exsecretario general José Juan Lechuga y  la Fundación Integral para el Desarrollo Social ‘Ayudar’. 

La población estudiantil de las instituciones educativas oficiales del municipio de Valledupar se encontraba en vacaciones y el acta de inicio fue suscrita a escasos 31 días calendario para la realización de las Pruebas Saber 11° (12 de agosto de 2018) a los 3.904 estudiantes de los colegios oficiales del municipio de Valledupar.

Para completar, el material didáctico llegó la primera semana de agosto. Por eso, rectores de las instituciones educativas Loperena y CASD Simón Bolívar devolvieron el material al contratista y no permitieron el desarrollo del contrato. 

“La Procuraduría le reprochó al disciplinado, Luis Carlos Matute, el incurrir en irregularidades al no haber cumplido con sus deberes de control y vigilancia de la ejecución contractual, pues certificó a través de los distintos informes de supervisión el cumplimiento de actividades que en realidad no se habían ejecutado por parte del contratista”, señaló la entidad. 

La defensa del exsecretario pidió la dosificación de la sanción, al considerarla demasiado severa. Sin embargo, para la segunda instancia, la sanción “fue la mínima para la clase de falta imputada”. En este caso consideraron su falta como falta gravísima.

Por Redacción Judicial

Categories: Política
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