La Procuraduría Provincial de Valledupar adelantó ayer la audiencia que busca determinar quién incumplió el fallo de tutela del Juzgado Civil del Circuito de Chiriguaná que involucra a la alcaldesa, Zunilda Toloza Pérez, y a los concejales de ese municipio, quienes habrían incurrido en prevaricato y fraude a resolución judicial.
El proceso disciplinario inició por no cumplir un fallo del Juzgado Octavo Administrativo que fue confirmado por el Tribunal Superior, que durante receso del Concejo solicitó escoger al personero de este municipio.
A la alcaldesa se le señala de no convocar a sesiones extraordinarias para darle cumplimento al fallo, a lo que su abogado argumenta que la mandataria no estaría obligada a llamar a extras para temas ajenos a los intereses de sus proyectos para el complimiento del Plan de Desarrollo.
El defensor de Zunilda Toloza y de varios de los concejales involucrados en el proceso disciplinario, Adel Toloza Palomino, manifestó que las pruebas suministradas entrarán a surtir trámite probatorio. “Yo confió en que las pruebas aportadas por mí y los demás colegas que defienden a los otros concejales den cuenta de que la alcaldesa no tiene ninguna responsabilidad en el fallo de tutela del 8 de junio, proferido por el Juzgado Civil del Circuito de Chiriguaná; confiamos poder demostrarlo ante la Procuraduría y tener una decisión favorable. Aportamos copia de una sentencia de la Sala Laboral Civil del Tribunal Superior de Valledupar con ponencia del doctor Álvaro López Valera, en la cual indica que no es de competencia de la alcaldesa cumplir el fallo, sino que está en cabeza de los concejales del municipio de Chiriguaná y de la mesa directiva”, indicó.
Agregó que el Concejo hizo lo que debía hacer porque debieron cumplir el fallo en las sesiones ordinarias pero como se trataba de un fallo que era transitorio y provisional, el día que los concejales entraban en sesiones ordinarias, el 1 de agosto de 2016, en ese misma fecha se pronunció la justicia contenciosa administrativa, declarando la nulidad de la elección de la Personería, por lo que no debían tomar decisión.
La elección de la personera fue anulada por el contencioso administrativo el 8 de junio, que según indicó el defensor de la alcaldesa, también le negó las pretensiones al demandante, Pedro Miguel Peinado. Ante ese escenario lo que le corresponde al Concejo es convocar un nuevo concurso de méritos habida cuenta de que la Procuraduría en fallo del 28 de diciembre del 2016 estimó que el concurso estuvo viciado en el procedimiento y que ninguno de los aspirantes superó el puntaje necesario para hacerse anotar en la lista de elegibles.
El fallo que anuló la elección de la personera solicitó retomar la lista de elegibles y elegir al que quedó de primero fallo que no fue atendido a tiempo; cuando entró el periodo de sesiones en vigencia el primero de agosto de 2016 y en la misma fecha se le niegan las pretensiones de ser elegido Pedro Peinado.
La audiencia fue suspendida inicialmente durante 15 minutos para verificar si las pruebas suministradas por los apoderados de los disciplinados formaban parte del plenario y posteriormente fue aplazada para el próximo 21 de junio.
La supuesta falta de la alcaldesa y los concejales fue calificada por la Procuraduría provisionalmente como gravísima a título de dolo. Los servidores públicos podrían ser sancionados con destitución e inhabilidad para ocupar cargos públicos, de confirmarse la conducta disciplinaria por la que son investigados.
Por Adriana Palomo