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Avanza juicio disciplinario contra el gobernador de La Guajira

El gobernador de La Guajira, Juan Francisco Gómez Cerchar, en la audiencia ante la Procuraduría. EL PILÓN.

Luego de varios aplazamientos, este lunes arrancó la audiencia  pública que adelanta la Procuraduría contra el gobernador de La Guajira, Juan Francisco ‘Kiko’ Gómez Cerchar.

En la audiencia pública el abogado defensor solicitó 18 testimonios, pruebas presenciales y documentales para tratar demostrar la inocencia del polémico gobernador, preso en Bogotá desde el pasado mes de octubre, tras ser capturado por el CTI de la Fiscalía debido a la investigación que tiene en su contra como presunto responsable de los delitos de concierto para delinquir y homicidio.

La Procuraduría formuló cinco cargos contra ‘Kiko’ Gómez porque habría incurrido en irregularidades al suscribir cuatro contratos, sin que, al parecer, se cumplieran los requisitos para la adjudicación

En diligencia, para explicar las presuntas irregularidades del contrato de 382 de 2012, cuyo objeto fue la construcción de la primera etapa de las vías priorizadas en el plan vial del departamento de La Guajira, la defensa del mandatario solicitó 18 testimonios.  

Sin embargo, la procuradora segunda delegada de contratación estatal, Irma Trujillo, solo aprobó 12 testimonios, entre los que se destacan: Misael Arturo Velásquez, secretario de Gobierno de La Guajira; Roberto Carlos Daza Cuello, jefe de la oficina jurídica de la Gobernación; Abel José Carrillo Soto, asesor de contratación de ese departamento y otros funcionarios del gabinete que participaron en las diferentes etapas del proceso de contratación.

Por último, la procuradora fijó para el próximo 13 diciembre, la audiencia para recepción de testimonios, a partir de las 10:00 de la mañana.

Los cinco cargos que la Procuraduría formuló contra el gobernador de La Guajira son:

1. Permitir la adjudicación de la licitación pública para la “construcción de la primera etapa de las vías priorizadas en el plan vial del departamento de la Guajira”, por un valor de $49 mil 403 millones de pesos, con una unión temporal que no cumplía con los requisitos señalados en el pliego de condiciones que rigió el proceso contractual.

2. Frente a la misma licitación, consideró el Ministerio Público que el mandatario faltó al principio de planeación, dado que no previó la etapa necesaria para realizar las verificaciones y ajustes a los estudios y diseños previos elaborados, permitiendo que se adelantara dicho proceso selectivo sin atender a los cambios que podrían haber impactado las condiciones de los estudios iniciales, tales como

3. Haber ordenado la apertura de la licitación pública para la “contratación del servicio de vigilancia y seguridad privada permanente con armas de fuego en los bienes muebles e inmuebles y las personas de la administración departamental y entes adscritos al departamento de La Guajira”, habiéndose asignado en el proceso una puntuación adicional al proponente que acreditara tener el domicilio principal o sucursal en la ciudad de Riohacha, sin que aparentemente dicho puntaje se encontrara legalmente justificado.

4. El gobernador de La Guajira ordenó la apertura de la Licitación Pública con objeto de “realizar la construcción de pavimento en concreto rígido de las carreras sexta entre calles 5 y 6; carrera quinta entre calles 3 y 5, carrera cuarta entre calles 3 y 5 y la calle quinta entre carreras cuarta y sexta, y calles 3, 4 y 5 entre carreras cuarta y quinta del corregimiento de Conejo, municipio de Fonseca, departamento de La Guajira”, en la cual se exigía una visita obligatoria al sitio de la obra, requisito este que no está consagrado en la normatividad contractual vigente, pudiendo limitar con ello la participación de eventuales proponentes.

5. Suscribir el acto a través del cual se justificó y se ordenó una contratación directa mediante contrato de prestación de servicios, pese a que las obligaciones contractuales podrían corresponder a un contrato de consultoría, pretermitiendo posiblemente el proceso selectivo propio de esta modalidad de contratación

 

Por Martín Elías Mendoza 

martin.mendoza@elpilon.com.co

 

Categories: Política
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