El Tribunal Superior Del Distrito Judicial de Valledupar dejó en firme los testimonios de dos de las mujeres que responsabilizaron de abuso sexual al exsecretario de Obra de la Jagua de Ibirico, Jairo José Salazar Ávila, en el juicio que se adelanta en su contra en los estrados judiciales de Chiriguaná.
Las mujeres declararon como testigos de la Fiscalía en una audiencia desarrollada el pasado 16 de agosto. En esta aseguraron que cuando eran menores de edad fueron sometidas a vejámenes sexuales por parte de Salazar Ávila, quien habría aprovechado la cercanía que tenía con ellas en el municipio de La Jagua de Ibirico.
Pero en la audiencia no asistió Jairo José Salazar Ávila, motivo por el que instauró un recurso de nulidad con el fin de que volvieran a comparecer las mujeres.
La solicitud primero la presentó la defensa ante el Juzgado Primero Penal del Circuito de Chiriguaná alegando violación de los derechos del procesado.
En respuesta, el juez negó las pretensiones de la defensa al considerar que se respetaron los derechos de Salazar, puesto que él había firmado un documento en el que declinó asistir a esa audiencia.
Además, consideró que volver a llamar a los estrados a las féminas sería también una revictimización al tener que nuevamente contar los presuntos hechos traumáticos.
Así las cosas, la defensa interpuso el recurso de apelación por el que ahora el tribunal se pronunció de manera desfavorable para ellos.
El tribunal precisó que no había motivos para dar por sentado que Jairo José Salazar firmó el documento para no asistir a la audiencia por presión del Inpec, tal como lo aseguró.
“Revisada la actuación no se evidencia prueba alguna de la cual pueda por lo menos inferirse de que efectivamente el procesado fuera constreñido a firmar la renuncia a participar a la audiencia del citado día”, consideró el magistrado Edwar Enrique Martínez.
En consecuencia, en la próxima audiencia ante el juez de Chiriguaná, la Fiscalía y la defensa deberán continuar con la normalidad del juicio de Jairo José Salazar, acusado de acceso carnal con menor de catorce años.