La mañana del viernes se celebró el juicio oral contra Fabián Jair Castro Castillo, acusado por el delito de homicidio simple contra Héctor Alfonso Manjarrez Mendoza, el seis de octubre de 2013 en el barrio El Prado de Valledupar.
Durante la diligencia realizada ante el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Valledupar con Funciones de Conocimiento, la Fiscalía y la defensa del procesado pretendían llegar a un preacuerdo para rebajar la pena a imponer contra Castro Castillo.
Sin embargo, la solicitud fue rechazada por el jurista David Espeleta, que defiende los derechos de los familiares de la víctima.
El desacuerdo se concentra en que, según el abogado de Fabián Castro, su defendido habría actuado con ira e intenso dolor, alegando que hubo una provocación por parte de Héctor Manjarrez, muerto de una puñalada en el tórax.
“No estuvimos de acuerdo porque no encontramos razón para darle asidero al hecho de que haya sido bajo una causal de ausencia de responsabilidad siendo que el acervo probatorio demuestra todo lo contrario”, indicó David Espeleta, abogado de la familia de Héctor Manjarrez.
Según las declaraciones de los testigos que reposan en los archivos de material probatorio del caso, Fabián inició los hechos cuando Héctor jugaba una partida de dominó en su casa ubicada en la carrera 26 con 35 del barrio El Prado.
Al parecer, Fabián Castro llegó al lugar y le reclamó a la víctima sobre presuntas amenazas de muerte que Héctor habría hecho en su contra, a lo que éste le respondió que no era cierto, que solucionaran ese asunto en otra oportunidad porque en ese momento, estaban tomados.
Pese al requerimiento de la víctima, Fabián sacó un arma blanca y le propinó una puñalada en el pecho a Héctor Manjarrez.
Eran compadres
Días antes de los hechos, Fabián Castro había bautizado a la bebé de Héctor Manjarrez, pero una discusión entre los dos habría llevado a la tragedia.
Aplazada
Para el 10 de agosto fue aplazada la próxima audiencia en la que el Juez determinará, una vez revise el acervo probatorio, sí da vía libre al preacuerdo.
“El beneficio para el victimario por estar amparado por una causal de ausencia de responsabilidad sería una rebaja considerable en la pena, estaríamos hablando casi que una exoneración”, indicó el jurista.
Llegado al caso de que Fabián Castro obtenga ese beneficio, quedaría con un antecedente por homicidio y en libertad por la causal de ausencia de responsabilidad.
¿Sabía usted qué?
Para reconocer el estado de ira como un atenuante de la pena, es indispensable que los elementos probatorios demuestren que efectivamente el acto delictivo se cometió como consecuencia de un impulso violento, provocado por un acto grave e injusto, de lo que surge necesariamente la relación causal entre uno y otro comportamiento.
“Yo como representante de las víctimas me muestro en desacuerdo con el preacuerdo que se celebró entre la Fiscalía y el victimario”, dijo el abogado David Espeleta.
Redacción AY HOMBE