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A exalcalde Luis Fabián Fernández le precluyen un delito tras múltiples audiencias fracasadas

El exalcalde Luis Fabián Fernández.

El Juzgado Cuarto Penal del Circuito con función de Conocimiento de Valledupar precluyó el delito de falsedad material en documento público agravado a favor del exalcalde de Valledupar, Luis Fabián Fernández Maestre, y el ciudadano Daniel Segundo Sierra Jiménez, investigados por presuntas irregularidades en un contrato del año 2010. 

La decisión del juez Fabián Pumarejo surgió por petición del fiscal Alberto Ramírez y porque se evidenció que el delito había prescrito, es decir, pasó el tiempo establecido en la ley para ser juzgado. 

Según el despacho judicial, se cumplieron seis años y nueve meses para que el delito de falsedad material en documento público agravado fuera debatido. 

“El Estado pierde la facultad de continuar persiguiendo a los presuntos autores de la conducta investigada y en consecuencia debe declinar”, explicó Fabián Pumarejo. 

El delito había sido imputado en una investigación sobre un contrato de un poco más de $119 millones que celebró el mandatario Luis Fabián Fernández con Daniel Segundo Sierra, quien en ese entonces era representante de la Asociación De Operadores De Maquinaria Pesada, Asomap.  

Con este se buscaba realizar capacitación teórica práctica en mantenimiento y operación en maquinaria pesada a jóvenes de escasos recursos económicos en Valledupar. Sin embargo, en la etapa precontractual el contratista habría recaudado y aportado unas actas que presuntamente eran falsas. 

Además, la Fiscalía determinó que también hubo un interés indebido entre las partes. Por tal razón, imputó cargos al exalcalde y contratista por los delitos de interés indebido de celebración de contrato y falsedad material en documento público agravado. 

Así las cosas, el juicio ahora solo seguirá por el delito de interés indebido de celebración de contrato. 

HITOS DE FRACASOS

No obstante, el juicio se ha visto interrumpido por muchas diligencias que no se realizaron. Según pudo consultar EL PILÓN en lo consignado en el proceso, desde la instalación de juicio el 11 de enero de 2018 muchas audiencias han fracasado: 

*El 13 de marzo de 2018 fracasó por el titular del despacho que pasó a otro puesto. 

*El 24 de julio de 2018 fracasó porque el defensor de un imputado no se presentó. 

*El 16 de agosto de 2018 no se hizo porque a la Fiscalía no se presentaron los testigos. 

*El 24 de octubre de 2018 no se hizo porque un defensor del imputado no se presentó. 

* El 24 de enero de 2019 no se hizo porque el fiscal estaba de vacaciones. 

*El 2 de abril de 2019 no se hizo porque no se presentaron testigos de la Fiscalía. 

*El 29 de mayo de 2019 un defensor no se presentó a la audiencia. 

*El 14 de junio de 2019 un defensor no se presentó a la audiencia. 

*El 17 de julio de 2019 la fiscalía pide aplazamiento. 

Otras audiencias no se hicieron por la pandemia, y entre el 2021 y 2022, también por ausencia de Fiscalía o defensa. No obstante, el juez Fabián Pumarejo no hizo compulsa de copias para investigaciones disciplinarias porque consideró que no había observado ‘nada doloso’ para dilatar el proceso. 

“No se alcanza a visualizar actuaciones de carácter doloso y actos irregulares en las partes intervinientes que permita establecer en esta oportunidad, por lo menos bajo el criterio de este servidor judicial, que se configure una falta disciplinaria que haya conllevado a que prescriba la acción penal”, dijo Pumarejo. 

Categories: Judicial
Redacción El Pilón: