El Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento condenó a 37 años y cinco meses de prisión a Fabián Enrique Arias Charris, hallado responsable de asesinar a Ana Faustina Guzmán Contreras en el corregimiento de Mariangola, jurisdicción de Valledupar, en hechos ocurridos el 23 de marzo del año 2012.
Para la sentencia, el juez tuvo en cuenta varios testigos presentados por la Fiscalía 16 seccional que señalaron explícitamente la manera en que presuntamente la víctima era acosada sexualmente por el incriminado y finalmente asesinada.
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La lectura del fallo señala que uno de los declarantes claves del proceso fue el hermano menor de Guzmán, que manifestó haber observado cómo en el día de los hechos mientras dormía con su hermana en la casa de barro, Arias Charris sacó a la fuerza de su habitación a la víctima para asesinarla en el patio de su casa ubicada en el pueblo.
“El hermano menor de la víctima narró en el juicio oral cómo observó sobre las cinco de la mañana que Fabián Arias le tapó la boca a la hermana mientras ella pretendía hablar y que al no lograrlo se generaba sonidos inteligibles, (…), la arrastró por el patio tomándola del cabello, descargando después un golpe sobre el tabique de esta que ocasionó que se desmayara. Que antes de esto vio como el enjuiciado le bajó la ropa interior de su hermana y que la violó. Posteriormente la llevó hasta donde una pileta configurada con un caparazón de una nevera donde la dejó sumergida. Y que después se escuchó el ruido de una motocicleta”, expresó el juez en la audiencia de lectura de fallo, realizada en la mañana de ayer en el Palacio de Justicia de la capital del Cesar.
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Asimismo, se conoció el relato de otros testigos durante la etapa de juicio, que manifestaron cómo el implicado hostigaba a Guzmán, evidenciando señales de enamoramiento que no eran correspondidos por la víctima porque tenía para la época una relación sentimental con el hermano del sentenciado.
“Está demostrado más allá de toda duda razonable la materialidad del delito de homicidio agravado y que Fabián Arias Charris es autor del comportamiento ilegítimo. Conclusión a la que se llega luego de los materiales probatorios llegados al proceso”, puntualizó el juez que como pena accesoria inhabilitó al condenado para el ejercicio del derecho y funciones públicas por un tiempo de 20 años.
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El togado ordenó además que se notificara de la sentencia al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, para que el procesado sea trasladado al centro de reclusión que crean conveniente, teniendo en cuenta que él desde el pasado 6 de septiembre está privado de la libertad en la Estación de Servicio de la Policía de Valledupar, también conocida como La Permanente.