Fallo del Juez Sexto Administrativo
El Juez Sexto Administrativo de Valledupar resolvió la tutela impetrada por cuatro de los aspirantes al Concejo de Valledupar y resolvió tutelar los derechos fundamentales de Ciro Chinchía Bermúdez, Belisario Jiménez Lúquez, Jorge Luís Arzuaga Martínez y Eudes Orozco Daza.
El fallo de tutela ordenó así mismo, a la Comisión Escrutadora Municipal “que en el plazo improrrogable de 48 horas se reúna y profiera un nuevo acto administrativo en el que revoque en lo pertinente la Resolución 005 del 7 de noviembre de 2011 y disponga que con las reclamaciones formuladas se agota el requisito de procedibilidad para que los señores arriba citados puedan acudir dentro de los 20 días hábiles siguientes a ejercer, si lo desean, el contencioso electoral”.
El juez sexto Administrativo Pedro Olivella Solano mantuvo el valor probatorio de los documentos del reconteo y en consecuencia ordenar a la Registraduría Nacional del Estado civil, como responsable técnica de las elecciones, que conserve y proteja todos los documentos relacionados con el procedimiento del reconteo y expida las copias correspondientes a los interesados.
Como se recuerda, el reconteo de votos correspondiente a las elecciones del pasado 30 de octubre de 2011 arrojó dos cambios en la lista de concejales de Valledupar, como es el caso de los ediles José Mario Rodríguez Barriga, del partido Conservador, que fue superado por su copartidario Eudes Orozco Daza. El otro cambio fue en el Movimiento de Inclusión y Oportunidades, MIO, en donde Daniel sierra Jiménez, actual segundo vicepresidente de la mesa directiva del Cabildo, fue superado por Ciro Chinchía Bermúdez. No obstante esos resultados del reconteo, no surtieron un efecto inmediato en la conformación del Concejo, puesto que el Tribunal Administrativo del Cesar declaró la nulidad de la tutela proferida por el Juez Sexto Administrativo, desde la admisión de la misma.
Sin embargo, posteriormente, Jiménez Lúquez, Chinchía Bermúdez, Arzuaga Martínez y Orozco Daza, volvieron a presentar la tutela por la vulneración del debido proceso y fraude electoral, la cual fue admitida, y ahora fallada en los términos registrados en ésta noticia.