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Una sentencia que podría salvaguardar los ríos Guatapurí y Cesar

Contralor Municipal, Omar Contreras, gestiona la aplicación de la sentencia T22 en el Cesar para la salvaguarda de sus afluentes. 

Amparado en la sentencia T22 de 2016, una acción de tutela que se convierte en la médula espinal para la salvaguarda de los afluentes en el país, el contralor Municipal, Omar Javier Contreras Socarrás busca que por obligatorio cumplimiento los ríos Cesar y Guatapurí sean protegidos por las corporaciones ambientales,  el gobierno departamental y municipal.

Esta sentencia declaró al río Atrato “sujeto de derechos” y especial protección constitucional y a principios de este año, le ordenó al Estado un plan de choque para salvar este afluente de la minería desbordada y los contaminantes al estar repletos de mercurio y cianuro.

La tutela  por primera vez reconoció a un río como sujeto de derechos y a su vez se convirtió en el punto de partida para todos los departamentos que quieran declarar la protección sobre sus afluentes; el segundo en solicitar esta protección fue el río Sinú y la iniciativa ahora buscará ser aplicada en el departamento para la protección de los ríos Cesar y Guatapurí.

La visita

Para conseguir que los ríos del departamento sean declarados objeto de derecho, la Contraloría Municipal organiza un conversatorio para el 21 de septiembre presidido por el contralor general de la República, Edgardo Maya Villazón; el procurador general de la Nación, Fernando Carrillo Flórez; el defensor del pueblo, Negret Mosquera; magistrados de la Corte Suprema de Justicia, quienes lideran por parte de la Corte este evento, la Corte Constitucional y la Comisión de Moralización.

Por parte de la Corte Constitucional, la Contraloría ha invitado a hacer una remembranza de la tutela T 22 del 2016, que declara el río Atrato como sujeto de derechos y explicar cómo vincular a los ríos Cesar y Guatapurí a este programa de protección.

“La presencia de las altas cortes es para enviar un mensaje a la sociedad y a la institucional que por estar en el ordenamiento jurídico ya es objeto de cumplimiento por parte de las entidades públicas y privadas” dijo Contreras Socarrás.

El Contralor Municipal indicó que esta es una iniciativa para conminar a las entidades a que esta sentencia es de obligatorio cumplimiento para la Fiscalía, Procuraduría, rama judicial, secretarías de medio ambiente, quienes tendrán la obligación y compromiso de proteger estos afluentes so pena de incurrir en las conductas penales y disciplinarias por su inobservancia, para lo que existe la pretensión de crear una mesa de trabajo donde confluyan todas las entidades incluso, contar con cooperación internacional como ha planteado el Procurador para efecto de que el cumplimiento de la sentencia sea efectivo.

“Los ríos están amenazados; para nadie es un secreto que en el departamento del Cesar recorre una carga contaminante muy alta del mismo vertimiento del río Guatapurí sobre el río Cesar y a su paso por los municipios hasta entregarle sus aguas a la ciénaga de Zapatosa,  contaminación que no solo amenaza sus aguas, sino todo lo que representa vitalidad, los animales la flora y la calidad de vida de los habitantes a lo largo del afluente”, explicó Omar Contreras al referirse a la necesidad de que la Contraloría intervenga en el cuidado de los ríos.

La sentencia

El 27 de enero de 2015, el Centro de Estudios para la Justicia Social “Tierra Digna”, en representación de varios consejos comunitarios del Chocó, instauró una tutela contra la Presidencia, siete ministerios, la Agencia Nacional de Minería y otras entidades del gobierno con el fin de salvar el Atrato.

La tutela buscaba ponerle freno a la locomotora de explotación sin tregua en una región en la que ocho de cada diez habitantes tienen sus necesidades básicas insatisfechas. La Defensoría reportó la muerte de 34 niños embera-katíos en 2014 por el consumo de agua contaminada. Los índices de diarrea, dengue y malaria se dispararon en Chocó, Una radiografía del desastre que llevó a la Defensoría a declarar una emergencia humanitaria y ambiental hace tres años. La deforestación, la mafia de las maderas, la erosión en toda la cuenca y el vertimiento de químicos convirtieron ese río imponente en una cosa tétrica.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó la tutela por improcedente. El Consejo de Estado también, pero, además, sustentó su postura en un argumento más exótico: que los demandantes fueron incapaces de demostrar el “perjuicio irremediable” que les causaba un Atrato emponzoñado de mercurio. El caso fue seleccionado para revisión por la Corte Constitucional y llegó al despacho del ex magistrado Jorge Iván Palacio  quien,  ordenó proteger el Atrato como una entidad autónoma sujeta de derechos. Aplicando un enfoque ecocéntrico, la Corte partió de una premisa básica: la tierra no le pertenece al hombre y, por el contrario, el hombre es quien pertenece a la tierra, como cualquier otra especie.

Contralor Municipal, Omar Contreras, gestiona la aplicación de la sentencia T22 en el Cesar para la salvaguarda de sus afluentes.

 

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