El honorable Tribunal Administrativo del Cesar atendiendo una acción popular de radicado 20-001-23-33-000-2021-00142-00 profirió sentencia de fecha 26 de septiembre del 2022, este mecanismo constitucional fue presentado por los señores Gustavo José Cabas Borrego, Luís Antonio Maestre Orozco y Alfonso Luís Martínez Fuentes; los accionantes en su escrito describen el crítico momento de nuestro querido río, exponen varios factores que contribuyen a su deterioro sin que las soluciones aparezcan de manera definitiva.
Leyendo la providencia se observa que la contaminación tiene múltiples fuentes como el vertimiento de aguas servidas, presencia de residuos sólidos, también lo han convertido en lugar para arrojar escombros de la construcción (RCD), la tala de árboles, la presencia de hornos de carbón, la construcción de terrazas ubicadas dentro del cauce de la corriente para ubicar sillas y mesas para el consumo de bebidas y comidas; otra gran amenaza para el río son los asentamientos en el sector conocido como el rincón y toda la margen derecha que comprende los barrios Zapato en Mano, El Paraíso, Pescaíto, La Macarena, Nueve de Marzo, Santo Domingo, Villa Castro, San Juan y el Canal de Panamá.
Uno de los grandes problemas que tienen en agonía al Guatapurí son todas las viviendas ilegales que utilizan el río como basurero y para el vertimiento de aguas residuales; nada más en el rincón existe una comunidad de 189 familias que tienen al río como destino de sus desechos.
La sentencia tiene un gran valor porque obliga a la adopción de medidas urgentes con plazos concretos para salvar al Guatapurí, señala el Tribunal en la página 70 de su decisión que es necesario ordenar la protección de los derechos colectivos invocados toda vez que “…no se comprobó que hasta la fecha, hubiesen cesado los ataques y contaminación ambiental al Río Guatapurí…” lo que es absolutamente cierto, al contrario, las causas de contaminación del río son cada vez más devastadoras.
Ninguna administración municipal ha tomado en serio al río Guatapurí, sólo promueven un turismo salvaje de consumo de alcohol, drogas y prostitución; recordemos que el exacalde ‘Tuto’ Uhía permitió el uso de una moto acuática para su pervertida diversión, la inversión se limita a la construcción de parques sin adoptar medidas para su preservación que es lo verdaderamente importante, en estos momentos el acalde Mello Castro adelanta un proyecto de $11.300 millones para el ecoparque, pero con esta sentencia la obra debe propender por la conservación del río porque de afectarlo negativamente desconocería la autoridad del tribunal; lástima que un juez tenga que ordenar lo que debe ser una prioridad, es triste que millonarios recursos se usen para acabar nuestros recursos naturales en lugar de diseñar e implementar una estrategia para la conservación del río desde su nacimiento, con esta obra está en riesgo nuestro patrimonio.
Esta sentencia no puede quedar adornando los archivos de la rama judicial, para ello se ordena también la conformación de un comité de verificación que debe garantizar el cumplimiento de la misma, debemos destacar a los actores Gustavo José Cabas Borrego, Luís Antonio Maestre Orozco y Alfonso Luís Martínez Fuentes, ellos no descansaran hasta que lo dispuesto por el tribunal sea una realidad y a ese propósito debemos sumarnos todos los vallenatos para proteger el río Guatapurí.