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Columnista - 24 julio, 2021

Rosario para el Hospital

El Hospital Rosario Pumarejo de López “es una empresa social del Estado prestadora de servicios de salud de mediana y alta complejidad en el departamento del Cesar y su área de influencia, incluyente, participativa para satisfacción de las necesidades del usuario y su familia, comprometida con la seguridad paciente, humanización, protección del medio ambiente y […]

El Hospital Rosario Pumarejo de López “es una empresa social del Estado prestadora de servicios de salud de mediana y alta complejidad en el departamento del Cesar y su área de influencia, incluyente, participativa para satisfacción de las necesidades del usuario y su familia, comprometida con la seguridad paciente, humanización, protección del medio ambiente y la formación del capital humano fundamentado en la relación docencia servicio”.

El Decreto 1876 de 1994 establece en su artículo  1º “que la naturaleza jurídica de las Empresas Sociales del Estado constituye una categoría especial de entidad pública, descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas o reorganizadas por ley o por las asambleas o concejos”.

La Asamblea del Departamento del Cesar, mediante la expedición de la Ordenanza 079 de 1995, adicionó y modificó la ordenanza 048 de 1994. La ordenanza 079 de 1995 denominó al Hospital Rosario Pumarejo de López como Empresa Social del Estado, siguiendo los preceptos de naturaleza jurídica establecidos en el Decreto 1876 de 1994.

El artículo 6° de la ordenanza 079 de 1995, consciente y coherente con los lineamientos de responsabilidad y autoridad, estableció los órganos de dirección (Junta Directiva y gerente), que al tenor del inciso (a) del Decreto 1876 de 1994, “tiene a su cargo mantener la unidad de objetivos e intereses de la organización en torno a la Misión y Objetivos institucionales; identificar las necesidades esenciales y las expectativas de los usuarios, determinar los mercados a atender, definir la estrategia del servicio, asignar recursos, adoptar y adaptar normas de eficiencia y calidad controlando su aplicación en la gestión institucional”.  

Seguidamente, el artículo 7° de la ordenanza 079 de 1995 establece que la Junta Directiva será presidida por el gobernador o su delegado. Así las cosas, resulta innegable la responsabilidad y autoridad del máximo jefe de la entidad territorial departamental, respecto del funcionamiento, ejecución de la misión y toma de decisiones en el Hospital Rosario Pumarejo de López.  

Con lo resaltado no trato de acudir al facilismo que señala o acusa en procura del cálculo político, hago parte del grupo de ciudadanos que tenemos la ambición de evitar que dejen acabar un patrimonio de los cesarenses. En ese sentido, acudo a la memoria del gobernador Luis Alberto Monsalvo, porque durante su campaña mantuvo como impronta la promesa de hacerlo mejor.

La ordenanza 079 de 1995 en diciembre cumplirá 26 años, en ese tiempo; el grupo político Monsalvo Gnecco ha gobernado de manera directa o indirecta al departamento del Cesar en al menos el 60 % o 70 % de ese periodo. Por lo tanto, la debacle administrativa y financiera del Hospital Rosario Pumarejo de López no representa opciones para el grupo político Monsalvo Gnecco de mirar el retrovisor, pues terminarían chazándose los ojos.

Indiscutiblemente, el guante de responsabilidad cae en la dirigencia política que ostenta credencial de Congreso de la República y Duma departamental, sobre todo, porque son rápidos para acordar alianzas con el grupo Monsalvo Gnecco, para seguir manteniendo ese estatus, pero muy lentos para reunirse con el objeto de salvar al Hospital. En la misma circunstancia está el Idreec. El Hospital está moribundo, su estado agudiza la crítica situación socioeconómica de la gente, por ello, el gobernador, los diputados, congresistas y cuerpo directivo del hospital tienen la obligación de sentarse para estructurar un plan choque que defina las posibilidades financieras para rescatarlo, sin embargo, si no les alcanza la capacidad o no les interesa buscar la solución del problema o no saben cómo hacerlo, mejor acudan a la intervención de la Superintendencia de Salud.

Columnista
24 julio, 2021

Rosario para el Hospital

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Luis Elquis Diaz

El Hospital Rosario Pumarejo de López “es una empresa social del Estado prestadora de servicios de salud de mediana y alta complejidad en el departamento del Cesar y su área de influencia, incluyente, participativa para satisfacción de las necesidades del usuario y su familia, comprometida con la seguridad paciente, humanización, protección del medio ambiente y […]


El Hospital Rosario Pumarejo de López “es una empresa social del Estado prestadora de servicios de salud de mediana y alta complejidad en el departamento del Cesar y su área de influencia, incluyente, participativa para satisfacción de las necesidades del usuario y su familia, comprometida con la seguridad paciente, humanización, protección del medio ambiente y la formación del capital humano fundamentado en la relación docencia servicio”.

El Decreto 1876 de 1994 establece en su artículo  1º “que la naturaleza jurídica de las Empresas Sociales del Estado constituye una categoría especial de entidad pública, descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas o reorganizadas por ley o por las asambleas o concejos”.

La Asamblea del Departamento del Cesar, mediante la expedición de la Ordenanza 079 de 1995, adicionó y modificó la ordenanza 048 de 1994. La ordenanza 079 de 1995 denominó al Hospital Rosario Pumarejo de López como Empresa Social del Estado, siguiendo los preceptos de naturaleza jurídica establecidos en el Decreto 1876 de 1994.

El artículo 6° de la ordenanza 079 de 1995, consciente y coherente con los lineamientos de responsabilidad y autoridad, estableció los órganos de dirección (Junta Directiva y gerente), que al tenor del inciso (a) del Decreto 1876 de 1994, “tiene a su cargo mantener la unidad de objetivos e intereses de la organización en torno a la Misión y Objetivos institucionales; identificar las necesidades esenciales y las expectativas de los usuarios, determinar los mercados a atender, definir la estrategia del servicio, asignar recursos, adoptar y adaptar normas de eficiencia y calidad controlando su aplicación en la gestión institucional”.  

Seguidamente, el artículo 7° de la ordenanza 079 de 1995 establece que la Junta Directiva será presidida por el gobernador o su delegado. Así las cosas, resulta innegable la responsabilidad y autoridad del máximo jefe de la entidad territorial departamental, respecto del funcionamiento, ejecución de la misión y toma de decisiones en el Hospital Rosario Pumarejo de López.  

Con lo resaltado no trato de acudir al facilismo que señala o acusa en procura del cálculo político, hago parte del grupo de ciudadanos que tenemos la ambición de evitar que dejen acabar un patrimonio de los cesarenses. En ese sentido, acudo a la memoria del gobernador Luis Alberto Monsalvo, porque durante su campaña mantuvo como impronta la promesa de hacerlo mejor.

La ordenanza 079 de 1995 en diciembre cumplirá 26 años, en ese tiempo; el grupo político Monsalvo Gnecco ha gobernado de manera directa o indirecta al departamento del Cesar en al menos el 60 % o 70 % de ese periodo. Por lo tanto, la debacle administrativa y financiera del Hospital Rosario Pumarejo de López no representa opciones para el grupo político Monsalvo Gnecco de mirar el retrovisor, pues terminarían chazándose los ojos.

Indiscutiblemente, el guante de responsabilidad cae en la dirigencia política que ostenta credencial de Congreso de la República y Duma departamental, sobre todo, porque son rápidos para acordar alianzas con el grupo Monsalvo Gnecco, para seguir manteniendo ese estatus, pero muy lentos para reunirse con el objeto de salvar al Hospital. En la misma circunstancia está el Idreec. El Hospital está moribundo, su estado agudiza la crítica situación socioeconómica de la gente, por ello, el gobernador, los diputados, congresistas y cuerpo directivo del hospital tienen la obligación de sentarse para estructurar un plan choque que defina las posibilidades financieras para rescatarlo, sin embargo, si no les alcanza la capacidad o no les interesa buscar la solución del problema o no saben cómo hacerlo, mejor acudan a la intervención de la Superintendencia de Salud.