La Procuraduría General de la Nación solicitó ajustar los pliegos licitatorios de una obra pública en el municipio de La Jagua de Ibirico, Cesar, con el objetivo de garantizar la calidad y la transparencia en el proceso de contratación de $9.979.328.314.
El Ministerio Público le puso la lupa al proceso licitatorio AMJI LP 022-2017 de la Alcaldía de La Jagua de Ibirico, Cesar, para la “Construcción del Plan Maestro de vías urbanas pavimento rígido fase V de este municipio”.
Otros procesos de licitación pública sobre los cuales se solicitó ajustas los pliegos de licitación son:
1. PLP-AIM-CO-008-2017, de la Agencia para la Infraestructura del Meta, para la “construcción del puente sobre el rio Ariari en la vía que comunica a los municipios de Castillo y San Luis de Cubarral y el mejoramiento de la carretera que conduce desde el cruce de la vía Nacional (ruta 65) hasta el acceso del puente la Amistad en el municipio de Cubarral, por un valor de $65.896.852.056.
2. LLP 112-17 de la Alcaldía de Úmbita, Boyacá para el “mejoramiento y pavimentación de la vía Úmbita-Turmequé Kilómetro 5+160 y Kilómetro 8+160 del municipio Centro Oriente”, por valor de $6.865.463.912.
3. LP No. 017-2017 de la alcaldía de Ciénaga de Oro, para el “mejoramiento de la vía entre este municipio y los de Chima y Tuchín del departamento de Córdoba”, por un valor de $102.552.598.216, proceso en el que al parecer el ente territorial se apartó de los estudios y diseños de ingeniería de Ecovías S.A.S., y estableció en el presupuesto oficial especificaciones de construcción diferentes al del material para la pavimentación.
La Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública en oficio enviado al director de la Agencia para la Infraestructura del Meta – AIM, Julián Alberto Osorio Copete, y los alcaldes de Úmbita, Elis Alexander Moreno Salamanca; Ciénaga de Oro, Alejandro Javier Mejía Castaño, y de La Jagua de Ibirico, Yarcely Leonor Rangel Restrepo, hizo observaciones a los procesos en temas relacionados con estudios, indicadores financieros y organizacionales, experiencia de los proponentes y calidad de las obras.
El Ministerio Público solicitó a las entidades territoriales responder a cada una de las observaciones realizadas, “de acuerdo con la función constitucional establecida en el Artículo 277, numeral 9, que dice: “exigir a los funcionarios públicos y a los particulares la información que considere necesaria”, y les recordó que “con estas acciones preventivas busca proteger y promover los derechos fundamentales de las comunidades, la salvaguarda de los recursos públicos, además de evitar en lo posible la comisión de faltas disciplinarias”.