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Política - 28 diciembre, 2018

“Madres comunitarias deben ser reconocidas como servidoras públicas”: Procuraduría

Declarar inexequible la norma que no reconoce como servidoras públicas a las madres comunitarias pidió la Procuraduría General de la Nación a la Corte Constitucional, por considerar que no otorgarles esa calidad va en contra de la dignidad humana, la igualdad, el trabajo y el mínimo vital de quienes desarrollan esa labor. El Ministerio Público […]

Las madres comunitarias protestan con frecuencia exigiendo lo que consideran sus derechos.
Las madres comunitarias protestan con frecuencia exigiendo lo que consideran sus derechos.

Declarar inexequible la norma que no reconoce como servidoras públicas a las madres comunitarias pidió la Procuraduría General de la Nación a la Corte Constitucional, por considerar que no otorgarles esa calidad va en contra de la dignidad humana, la igualdad, el trabajo y el mínimo vital de quienes desarrollan esa labor.

El Ministerio Público consideró que no es constitucionalmente admisible que por más de 30 años el Estado haya empleado a una cantidad considerable de mujeres para prestar un servicio público, y a la vez desconozca sus derechos laborales al no destinar los recursos suficientes para remunerar sus labores de manera regular.

La Procuraduría se pronunció al emitir concepto sobre la constitucionalidad de la ley que dictó normas en materia tributaria (Artículo 36 de la Ley 1607 de 2012) que no las reconoce como servidoras públicas.

Según explicó, negar los derechos laborales de los ciudadanos afecta su goce del mínimo vital y dificulta su acceso al Sistema de Seguridad Social, mecanismo de protección para toda la población del que no deben ser excluidas las madres comunitarias.

Dijo también que no reconocerlas es contrario al principio de igualdad establecido en la Constitución, “porque todos los trabajadores, sin discriminación, tienen derecho a laborar en condiciones dignas y justas”.

De igual modo, señaló que la Constitución también prohíbe las discriminaciones en razón del sexo y propende a una especial protección de las mujeres dedicadas a velar por la población vulnerable, trabajo que debe ser valorado por la enorme contribución que realizan al Estado y a la sociedad.

Ante este concepto, Katherine Salinas, líder de madres comunitarias en Valledupar, dijo que el concepto de la Procuraduría es acorde a la realidad que viven: “Nosotros nos reconocemos como servidoras públicas porque atendemos a la población, a la niñez y a sus familias, trabajamos mancomunadamente por la comunidad y el recurso con el que nos contratan viene del Estado a través de un particular, no estamos vinculadas directamente con el Estado, porque el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar contrata a un particular y ese nos contrata a nosotras”.

Agregó que este concepto del Ministerio Público es un paso agigantado en la lucha que llevan para ser reconocidas como funcionarias públicas.

Política
28 diciembre, 2018

“Madres comunitarias deben ser reconocidas como servidoras públicas”: Procuraduría

Declarar inexequible la norma que no reconoce como servidoras públicas a las madres comunitarias pidió la Procuraduría General de la Nación a la Corte Constitucional, por considerar que no otorgarles esa calidad va en contra de la dignidad humana, la igualdad, el trabajo y el mínimo vital de quienes desarrollan esa labor. El Ministerio Público […]


Las madres comunitarias protestan con frecuencia exigiendo lo que consideran sus derechos.
Las madres comunitarias protestan con frecuencia exigiendo lo que consideran sus derechos.

Declarar inexequible la norma que no reconoce como servidoras públicas a las madres comunitarias pidió la Procuraduría General de la Nación a la Corte Constitucional, por considerar que no otorgarles esa calidad va en contra de la dignidad humana, la igualdad, el trabajo y el mínimo vital de quienes desarrollan esa labor.

El Ministerio Público consideró que no es constitucionalmente admisible que por más de 30 años el Estado haya empleado a una cantidad considerable de mujeres para prestar un servicio público, y a la vez desconozca sus derechos laborales al no destinar los recursos suficientes para remunerar sus labores de manera regular.

La Procuraduría se pronunció al emitir concepto sobre la constitucionalidad de la ley que dictó normas en materia tributaria (Artículo 36 de la Ley 1607 de 2012) que no las reconoce como servidoras públicas.

Según explicó, negar los derechos laborales de los ciudadanos afecta su goce del mínimo vital y dificulta su acceso al Sistema de Seguridad Social, mecanismo de protección para toda la población del que no deben ser excluidas las madres comunitarias.

Dijo también que no reconocerlas es contrario al principio de igualdad establecido en la Constitución, “porque todos los trabajadores, sin discriminación, tienen derecho a laborar en condiciones dignas y justas”.

De igual modo, señaló que la Constitución también prohíbe las discriminaciones en razón del sexo y propende a una especial protección de las mujeres dedicadas a velar por la población vulnerable, trabajo que debe ser valorado por la enorme contribución que realizan al Estado y a la sociedad.

Ante este concepto, Katherine Salinas, líder de madres comunitarias en Valledupar, dijo que el concepto de la Procuraduría es acorde a la realidad que viven: “Nosotros nos reconocemos como servidoras públicas porque atendemos a la población, a la niñez y a sus familias, trabajamos mancomunadamente por la comunidad y el recurso con el que nos contratan viene del Estado a través de un particular, no estamos vinculadas directamente con el Estado, porque el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar contrata a un particular y ese nos contrata a nosotras”.

Agregó que este concepto del Ministerio Público es un paso agigantado en la lucha que llevan para ser reconocidas como funcionarias públicas.