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La discriminación no se remedia con más discriminación 

Polémico, resulta la iniciativa de referendo de la senadora Viviane Morales en el sentido de someter al constituyente primario, si aprueba o no,  la adopción de niños por parte de parejas del mismo sexo, que fue aprobado en primer debate por el Congreso. Se fundamenta la citada congresista en el artículo 42 de la Carta Política, que expresa: “… La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por voluntad responsable de conformarla”.

Se busca con esta iniciativa,  garantizar al niño, una familia heterosexual, unida bajo el vínculo matrimonial o en unión marital de hecho, descartando de plano la adopción de parejas del mismo sexo. Se hace necesario recordar que por virtud de la sentencia C-683/2015 la Corte Constitucional aprobó la adopción de personas del mismo sexo. No obstante, la iniciativa de la senadora Morales, a mi juicio, respetando opiniones en contrario, es discriminatoria, no solo porque  descarta la adopción de parejas del mismo sexo, sino porque, y he ahí mi discrepancia, también descarta de plano la adopción individual, por parte de personas solteras.

Es claro que la finalidad es garantizar al niño, niña o adolescente una familia compuesta de padre y madre, pero ello no siempre es posible, y nuestro país está lleno de padres y madres solteros, que han dado lo mejor por sacar adelante a sus hijos, y que bien podrían adoptar, a fin de brindar al niño, niña o adolescente, las oportunidades que su familia biológica le negó. En ese estricto orden de ideas, considero  que la iniciativa en cuestión es regresiva, excluyente y  abiertamente contraria a la Constitución Política.

En síntesis, la iniciativa generaría situaciones de exclusión que antes de resolver la situación actual, la agravaría, pues actualmente se perfectamente legal la adopción por parte de personas solteras (Artículo 68-1 del Código de la Infancia y la Adolescencia). Pero si se aprueba el referendo propuesto por la senadora Viviane Morales, se privaría a las personas solteras de la posibilidad de adoptar.

Considero además, que si algún grupo  vulnerable requiere de la protección por parte del Estado, es el de los padres (padre y madre) cabeza de familia, y ese fue el deseo del constituyente cuando señaló en el artículo 43 de la Carta Política la protección especial por parte del Estado, a la mujer cabeza de familia, que también se hace extensiva a los padres cabeza de familia.

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Dario_Arregoces: