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General - 31 octubre, 2016

Avanza consulta previa para explotación minera en territorio indígena

Los pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta y las empresas Agregados del Cesar y Pavimentos El Dorado se sentaron a dialogar luego de que la Corte Constitucional prohibiera la explotación minera en sus territorios sagrados.

Los líderes indígenas de las diferentes etnias de la Sierra Nevada de Santa Marta y los representantes de las empresas.
Los líderes indígenas de las diferentes etnias de la Sierra Nevada de Santa Marta y los representantes de las empresas.
Boton Wpp

 

La Corte Constitucional mediante sentencia T849 de 2014, dejó sin efectos la resolución 1646 de 2010, mediante la cual Corpocesar había otorgado Licencia ambiental a las empresas Agregados del Cesar y Pavimentos El Dorado. En esta sentencia se dijo que la explotación minera que adelantan las empresas referenciadas se estaba haciendo dentro del territorio indígena, demarcado por la Línea Negra, por lo tanto se tenía que realizar el proceso de consulta previa con las comunidades nativas y de esta manera garantizar el derecho ancestral que tienen estas.

El Ministerio del Interior coordinó el proceso de consulta previa y en este participaron Corpocesar, la Defensoría del Pueblo, la Secretaría de Minas del Cesar y en algunos momentos la Alcaldía de Valledupar, la personería y los pueblos Arhuaco, Kogui, Kankuamo y Wiwa.

El proceso se realizó bajo un clima de entendimiento y respeto, lo cual permitió que se acordara casi que la totalidad de los puntos expuestos por los indígenas. Las empresas recibieron las exigencias de estos e hicieron una contra propuesta, la que en la última fase se discutió y se materializó en un acta, en la cual quedó fijado lo acordado y los puntos en los que no hubo acuerdo.

En las fases previas las comunidades hicieron visitas a los sitios donde se adelantaba la explotación minera y los mamos realizaron procesos de saneamiento espiritual, igualmente identificaron los sitios y elementos de interés cultural, los cuales deben ser respetados por la actividad minera.

 

General
31 octubre, 2016

Avanza consulta previa para explotación minera en territorio indígena

Los pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta y las empresas Agregados del Cesar y Pavimentos El Dorado se sentaron a dialogar luego de que la Corte Constitucional prohibiera la explotación minera en sus territorios sagrados.


Los líderes indígenas de las diferentes etnias de la Sierra Nevada de Santa Marta y los representantes de las empresas.
Los líderes indígenas de las diferentes etnias de la Sierra Nevada de Santa Marta y los representantes de las empresas.
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La Corte Constitucional mediante sentencia T849 de 2014, dejó sin efectos la resolución 1646 de 2010, mediante la cual Corpocesar había otorgado Licencia ambiental a las empresas Agregados del Cesar y Pavimentos El Dorado. En esta sentencia se dijo que la explotación minera que adelantan las empresas referenciadas se estaba haciendo dentro del territorio indígena, demarcado por la Línea Negra, por lo tanto se tenía que realizar el proceso de consulta previa con las comunidades nativas y de esta manera garantizar el derecho ancestral que tienen estas.

El Ministerio del Interior coordinó el proceso de consulta previa y en este participaron Corpocesar, la Defensoría del Pueblo, la Secretaría de Minas del Cesar y en algunos momentos la Alcaldía de Valledupar, la personería y los pueblos Arhuaco, Kogui, Kankuamo y Wiwa.

El proceso se realizó bajo un clima de entendimiento y respeto, lo cual permitió que se acordara casi que la totalidad de los puntos expuestos por los indígenas. Las empresas recibieron las exigencias de estos e hicieron una contra propuesta, la que en la última fase se discutió y se materializó en un acta, en la cual quedó fijado lo acordado y los puntos en los que no hubo acuerdo.

En las fases previas las comunidades hicieron visitas a los sitios donde se adelantaba la explotación minera y los mamos realizaron procesos de saneamiento espiritual, igualmente identificaron los sitios y elementos de interés cultural, los cuales deben ser respetados por la actividad minera.