Por Luis Elquis Díaz
Nos figuró “tumbar el régimen” como lo quiso y sugirió Álvaro Gómez Hurtado, su osadía le costó la existencia.
En Colombia, el ordenamiento jurídico es una telaraña blandengue, sumisa ante la interpretación, generalmente aplicable a los desprovistos y discordante de la norma de normas. A los ciudadanos que no estamos formados académicamente en leyes, nos cuesta comprender la ambigüedad de conceptos que surgieron luego del fallo emitido por el Procurador.
Sectores sociales,políticos y generadores de opinión, han reaccionado rechazando la providencia del procurador.El Ministro de Justicia, Alfonso Gómez Méndez, aunque no lo hizo en nombre del gobierno, no se abstuvo y se mostró en desacuerdo con el fallo, en especial, cuando hizo referencia a lo establecido en el Artículo 314 de nuestra Constitución Política: “El presidente y los gobernadores, en los casos taxativamenteseñalados por la ley, suspenderán o destituirán a los alcaldes”.
En ese orden los mecanismos constitucionales de participación ciudadana también quedan desvirtuados, como el argumento de las “decisiones en derecho”, asimismo, la voluntad popular que eligió a Gustavo Petro, como Alcalde de Bogotá, que en la concepción de expertos se traduce en “una incongruencia constitucional”.
La destitución e inhabilidad por 15 años para ejercer cargos públicos, interpuesta por el Procurador Alejandro Ordoñez, contra Gustavo Petro, ratifica que Colombia camina sobre la cornisa de la desinstitucionalización gracias a las actuaciones cargadas de milimétrica política. La decisión del Ministerio Publico, en torno a Gustavo Petro, carece de coherencia, cuando se compara con la suspensión por 12 meses del anterior Alcalde de Bogotá, Samuel Moreno Rojas, por los demostrados vínculos con el cartel de la contratación;curiosamente, Iván Moreno, si fue inhabilitado por 20 años.
La tergiversación legal abre espacios para la controversia, si tomamos como referente al Departamento del Cesar, en donde se manifiesta una profunda afectación ambiental, originada por la explotación y transporte del carbón. ¿Acaso no se tipifica afectación ambiental en los Municipios Carboníferos del Departamento del Cesar, con el agravante de que sus habitantes están postrados en la pobreza a causa de la corrupción?. ¿Por qué no sucede nada, no solo con los Alcaldes, sino además, con la cartera ministerial que vela por la protección del medio ambiente?.
Han sido variados los cuestionamientos emitidos luego del fallo del Procurador que mando al sepulcro Político a Gustavo Petro, agudizando el antagonismo con la izquierda democrática y profundizando la coyuntura, como si se tratara de un asunto ideológico y no de buenos y malos dirigentes. El país continua inmerso en la cornisa de la polarización constante, el camino no deja de ser pedregoso, la institucionalidad sigue mostrando su fragilidad, esta vez, mimetizado enla jerarquía del poder para dictar sentencia con la versión inverosímil de que la Ley es la Ley, sin que esta misma distinga en su ordenamiento, otra instancia distinta a la del juez sancionatorio.
@LuchoDiaz12