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Económicas - 20 junio, 2015

Absuelven a Fenoco, MinAmbiente y la Anla

El Tribunal Administrativo del Cesar absolvió a estas tres entidades de no cumplir con las medidas de la sentencia T-672.

Tren de Fenoco mantiene inconforme a los habitantes de Bosconia.
Tren de Fenoco mantiene inconforme a los habitantes de Bosconia.
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La acción de tutela instaurada en el Tribunal Administrativo del Cesar ante Ferrocarriles del Norte-Fenoco, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, Anla, por no acatar los lineamientos completamente del fallo de tutela de la sentencia 2014 T-672, no surtió efecto.

Cabe recordar que el fallo de tutela de la Corte Constitucional en contra de Fenoco en 2014 lo obligó a eliminar transitoriamente las actividades ferroviarias desde las 10:30 de la noche hasta las 4:30 de la mañana en días hábiles, dominicales y festivos hasta tanto no implementara las medidas correspondientes para disminuir el ruido e impacto que está causando hoy en la comunidad del municipio de Bosconia, Cesar.

La sentencia de tutela indica que estas medidas no han sido acatadas y menos cumplidas a cabalidad puesto que aunque Fenoco ha realizado algunas acciones y que la Anla ha informado de las mismas, según quien interpuso la tutela, estas resultan insuficientes y contrarias al espíritu del fallo de tutela.

La implementación de pantallas acústicas si bien mejoran el entorno, según la denunciante, no constituye una medida que resuelve realmente el problema. Evidencia además que la Anla y Fenoco S.A. han obviado la obligación que constituye el núcleo esencial del fallo que consta de la acción definitiva contenida en el número sexto de la resolución T-672 de 2014 que es desviar el tren del casco urbano y al construcción de una variante.

Al respecto, Fenoco se pronunció diciendo que cumplió y ha venido cumpliendo con las órdenes emitidas por la Corte Constitucional debido que suspendió las actividades en horarios nocturnos, incluyó en el PMA las medidas tendientes a disminuir el coeficiente de rozamiento y controlar el ruido mediante pantallas acústicas.
Ante las diferentes evidencias, la sala de decisión del Tribunal Administrativo del Cesar resolvió abstenerse de abrir incidente de desacato contra el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, Anla y Fenoco S.A.

Redacción EL PILÓN

Económicas
20 junio, 2015

Absuelven a Fenoco, MinAmbiente y la Anla

El Tribunal Administrativo del Cesar absolvió a estas tres entidades de no cumplir con las medidas de la sentencia T-672.


Tren de Fenoco mantiene inconforme a los habitantes de Bosconia.
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La acción de tutela instaurada en el Tribunal Administrativo del Cesar ante Ferrocarriles del Norte-Fenoco, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, Anla, por no acatar los lineamientos completamente del fallo de tutela de la sentencia 2014 T-672, no surtió efecto.

Cabe recordar que el fallo de tutela de la Corte Constitucional en contra de Fenoco en 2014 lo obligó a eliminar transitoriamente las actividades ferroviarias desde las 10:30 de la noche hasta las 4:30 de la mañana en días hábiles, dominicales y festivos hasta tanto no implementara las medidas correspondientes para disminuir el ruido e impacto que está causando hoy en la comunidad del municipio de Bosconia, Cesar.

La sentencia de tutela indica que estas medidas no han sido acatadas y menos cumplidas a cabalidad puesto que aunque Fenoco ha realizado algunas acciones y que la Anla ha informado de las mismas, según quien interpuso la tutela, estas resultan insuficientes y contrarias al espíritu del fallo de tutela.

La implementación de pantallas acústicas si bien mejoran el entorno, según la denunciante, no constituye una medida que resuelve realmente el problema. Evidencia además que la Anla y Fenoco S.A. han obviado la obligación que constituye el núcleo esencial del fallo que consta de la acción definitiva contenida en el número sexto de la resolución T-672 de 2014 que es desviar el tren del casco urbano y al construcción de una variante.

Al respecto, Fenoco se pronunció diciendo que cumplió y ha venido cumpliendo con las órdenes emitidas por la Corte Constitucional debido que suspendió las actividades en horarios nocturnos, incluyó en el PMA las medidas tendientes a disminuir el coeficiente de rozamiento y controlar el ruido mediante pantallas acústicas.
Ante las diferentes evidencias, la sala de decisión del Tribunal Administrativo del Cesar resolvió abstenerse de abrir incidente de desacato contra el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, Anla y Fenoco S.A.

Redacción EL PILÓN