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Columnista - 19 noviembre, 2015

Un corto circuito jurídico monstruoso

Según el presidente del partido conservador, David Barguil, si Electricaribe tuvo una multa que alcanzó los 1.300 millones de pesos, una vez sea reglamentada la norma esta empresa podría ser sancionada hasta con 60 mil millones.

El alza inminente en las tarifas de energía convoca e impone el debate sobre la problemática. Grave perjuicio ha impuesto el Estado ante su ausencia de mantener un equilibrio democrático en las entidades que deben soportar esta función como desarrollo de prohibición de los monopolios señalada en el Artículo 336 del mandato constitucional, en concordancia con el Artículo 333 de la carta política.

Así de evidente y en desarrollo del mandato constitucional, la empresa prestadora del servicio de energía eléctrica en la Costa Atlántica ostenta un privilegio aterrador de monopolio, que obliga al usuario a casarse indisolublemente hasta el más allá de la muerte con esta empresa sin fórmula de juicio. El monstruo de siete cabezas del privilegio consistente en el monopolio concedido de hecho a Electricaribe SA ESP.

Montada a horcajadas en este monstruo jurídico, la empresa somete como esclavos a sus usuarios, rememora los históricos hechos de la colonia, amenaza incesantemente, coacciona y extorsiona el pago desmedido, arbitrario e injusto bajo la apariencia de la ley, cambiando sin excepción todos los contadores en buen estado arbitrariamente; impone multas y fraudes; como también, extorsiona con cortar la energía si sus clientes no se someten a sus costosos caprichos de acrecentar su declarado patrimonio billonario.

De otra parte, lo que constituye una afrenta sin igual es el desalentador hecho de que en varias décadas nunca se ha registrado una sanción del Estado en contra de esta empresa. Demostrando con ello, que existe un contubernio, complacencia, complicidad o connivencia confesa en este asunto. En este sentido, la empresa se burla de las tutelas ante las cuales, aparenta cumplirlas con posterioridad de ser emitidas, reflejándolas en los recibos y luego incrementa el consumo hasta pagarse sus montos caprichosos, bailándole el indio al cliente confiado.

Contrasta ineluctablemente los hechos anteriores, comparado con la legislación existente en la Ley 142 de 1994, Por el cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.

La condición predominante y dominante que le otorga el ser el único prestador del servicio, se concreta en el hecho evidente de la sustracción descarada de Electricaribe de la totalidad de los contadores cambiados bajo el pretexto de estar alterados o deficientes y en contra de todos los elementales principios de igualdad y confianza que debe imperar entre las partes; apropiándose de los contadores de segunda de propiedad del cliente además de no permitir que este adquiera el contador en el mercado local a su preferencia; sino que impone la venta propia para acrecentar su patrimonio en contra del vencido y huérfano bolsillo del usuario.

En el espinoso tema social y de responsabilidades públicas, el Estado permanece en deuda, clara, expresa y exigible en favor de todos los usuarios y deberá responder patrimonialmente por omisión en el control de esta empresa monopolística y privilegiada que ejerce su poder dominante atacando en forma burda a sus propios clientes que trata como esclavos. Difícilmente existe en Colombia una empresa que haya adquirido tantos enemigos gratuitos, tanta animadversión, tantas protestas, tantas asonadas, tantos problemas de orden público ante la mirada de soslayo, expectante y cómplice del Estado.

Los costeños fuimos vendidos groseramente y adjudicados obligatoriamente a una empresa, como objetos de recaudo con el agravante además de cumplirse la teoría absurda en virtud del cual, las pérdidas del sector eléctrico se socializan y las utilidades se privatizan en cabeza y en beneficio de Electricaribe.

Columnista
19 noviembre, 2015

Un corto circuito jurídico monstruoso

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Eduardo Dangond Castro

Según el presidente del partido conservador, David Barguil, si Electricaribe tuvo una multa que alcanzó los 1.300 millones de pesos, una vez sea reglamentada la norma esta empresa podría ser sancionada hasta con 60 mil millones.


El alza inminente en las tarifas de energía convoca e impone el debate sobre la problemática. Grave perjuicio ha impuesto el Estado ante su ausencia de mantener un equilibrio democrático en las entidades que deben soportar esta función como desarrollo de prohibición de los monopolios señalada en el Artículo 336 del mandato constitucional, en concordancia con el Artículo 333 de la carta política.

Así de evidente y en desarrollo del mandato constitucional, la empresa prestadora del servicio de energía eléctrica en la Costa Atlántica ostenta un privilegio aterrador de monopolio, que obliga al usuario a casarse indisolublemente hasta el más allá de la muerte con esta empresa sin fórmula de juicio. El monstruo de siete cabezas del privilegio consistente en el monopolio concedido de hecho a Electricaribe SA ESP.

Montada a horcajadas en este monstruo jurídico, la empresa somete como esclavos a sus usuarios, rememora los históricos hechos de la colonia, amenaza incesantemente, coacciona y extorsiona el pago desmedido, arbitrario e injusto bajo la apariencia de la ley, cambiando sin excepción todos los contadores en buen estado arbitrariamente; impone multas y fraudes; como también, extorsiona con cortar la energía si sus clientes no se someten a sus costosos caprichos de acrecentar su declarado patrimonio billonario.

De otra parte, lo que constituye una afrenta sin igual es el desalentador hecho de que en varias décadas nunca se ha registrado una sanción del Estado en contra de esta empresa. Demostrando con ello, que existe un contubernio, complacencia, complicidad o connivencia confesa en este asunto. En este sentido, la empresa se burla de las tutelas ante las cuales, aparenta cumplirlas con posterioridad de ser emitidas, reflejándolas en los recibos y luego incrementa el consumo hasta pagarse sus montos caprichosos, bailándole el indio al cliente confiado.

Contrasta ineluctablemente los hechos anteriores, comparado con la legislación existente en la Ley 142 de 1994, Por el cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.

La condición predominante y dominante que le otorga el ser el único prestador del servicio, se concreta en el hecho evidente de la sustracción descarada de Electricaribe de la totalidad de los contadores cambiados bajo el pretexto de estar alterados o deficientes y en contra de todos los elementales principios de igualdad y confianza que debe imperar entre las partes; apropiándose de los contadores de segunda de propiedad del cliente además de no permitir que este adquiera el contador en el mercado local a su preferencia; sino que impone la venta propia para acrecentar su patrimonio en contra del vencido y huérfano bolsillo del usuario.

En el espinoso tema social y de responsabilidades públicas, el Estado permanece en deuda, clara, expresa y exigible en favor de todos los usuarios y deberá responder patrimonialmente por omisión en el control de esta empresa monopolística y privilegiada que ejerce su poder dominante atacando en forma burda a sus propios clientes que trata como esclavos. Difícilmente existe en Colombia una empresa que haya adquirido tantos enemigos gratuitos, tanta animadversión, tantas protestas, tantas asonadas, tantos problemas de orden público ante la mirada de soslayo, expectante y cómplice del Estado.

Los costeños fuimos vendidos groseramente y adjudicados obligatoriamente a una empresa, como objetos de recaudo con el agravante además de cumplirse la teoría absurda en virtud del cual, las pérdidas del sector eléctrico se socializan y las utilidades se privatizan en cabeza y en beneficio de Electricaribe.