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Columnista - 21 octubre, 2017

Región Administrativa de Planificación del Caribe

El artículo 306 de la Constitución Política de 1991, establece que dos o más departamentos podrán constituirse en regiones administrativas y de planificación, con personería jurídica, autonomía y patrimonio propio. Su objeto principal será el desarrollo económico y social del respectivo territorio. Asimismo, la Ley 1454 de 2011, dicta normas orgánicas para la organización político-administrativa del […]

El artículo 306 de la Constitución Política de 1991, establece que dos o más departamentos podrán constituirse en regiones administrativas y de planificación, con personería jurídica, autonomía y patrimonio propio. Su objeto principal será el desarrollo económico y social del respectivo territorio. Asimismo, la Ley 1454 de 2011, dicta normas orgánicas para la organización político-administrativa del territorio colombiano, define los principios e instrumentos para el desarrollo territorial y las competencias en materia de ordenamiento territorial para la Nación, las entidades territoriales y las áreas metropolitanas.

El espíritu de las normas referenciadas ampara el proyecto para la creación de la Región Administrativa de Planificación del Caribe, suscrita el jueves pasado en Barranquilla. No obstante, es pertinente recordar que en el año 2010 fue promovido el voto Caribe, mediante una papeleta simbólica que en las elecciones de ese año fue apoyada por más de 2.500.000 electores.

La creación de la Región Administrativa y de Planificación (RAP), se suma a las expectativas de los ciudadanos del Caribe colombiano, aspiramos que este proceso no sea un acto ceremonial y protocolario, sino un compendio de oportunidades que posibiliten la salida del atraso en que nos encontramos. No podemos ser inferiores al reto, sobre todo la dirigencia costeña, aquejada constantemente por el predominio del centralismo. La RAP Caribe debe responder a las demandas de 10.727.122 de habitantes (Proyecciones del DANE 2017) asentados en 197 municipios de los ocho departamentos de la Región (incluido San Andrés).

La RAP Caribe debe concentrarse en el cierre de brechas y trabajar en aumentar los niveles de competitividad, como condición determinante para mejorar los estándares de calidad de vida de la población en los departamentos. Revertir la radiografía que evidenció el Índice de Competitividad Departamental de 2014 y 2016 es el primer referente y reto que debe tomar la dirigencia del Caribe colombiano, en aras de mejorar la medición de los factores de competitividad en: 1) Condiciones Básicas que incluye seis pilares relacionados con: instituciones; infraestructura; tamaño del mercado; educación básica y media; salud; y medio ambiente, 2) Eficiencia incluye dos pilares: educación superior y capacitación, y eficiencia de los mercados 3) Sofisticación e innovación, incluye dos pilares que miden: la sofisticación y diversificación productiva, así como la innovación y la dinámica empresarial, en este marco está la base para establecer la prospectiva de la Región, en procura de alcanzar resultados económicos con desempeño integral.

Los resultados entregados por el Índice Departamental de Competitividad 2016, ubicó a los departamentos de la Región Caribe de la siguiente manera: Atlántico (9), Bolívar (12), Córdoba (13), Cesar (19), Sucre (21) Magdalena (22) y la Guajira (24).

Lograr que la riqueza minera, agrícola, ganadera y cultural se refleje en los resultados de las mediciones sobre competitividad efectuadas en el país debe ser el primer objetivo de la RAP Caribe. La articulación territorial debe definir planes de largo plazo, con sinergias que vinculen los sectores público y privado, teniendo como punto de encuentro al ciudadano actor destacado en la solución de los retos que afrontan las ciudades. Como dije, el RAP Caribe está lleno de expectativas y retos para cumplir, pero el aval del éxito de este proyecto está en la confianza, el liderazgo y transparencia de los líderes fundadores y en lo sucesivo de los encargados de mantener su ejecución.

Por Luis Elquis Díaz

@LuchoDiaz12

Columnista
21 octubre, 2017

Región Administrativa de Planificación del Caribe

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Luis Elquis Diaz

El artículo 306 de la Constitución Política de 1991, establece que dos o más departamentos podrán constituirse en regiones administrativas y de planificación, con personería jurídica, autonomía y patrimonio propio. Su objeto principal será el desarrollo económico y social del respectivo territorio. Asimismo, la Ley 1454 de 2011, dicta normas orgánicas para la organización político-administrativa del […]


El artículo 306 de la Constitución Política de 1991, establece que dos o más departamentos podrán constituirse en regiones administrativas y de planificación, con personería jurídica, autonomía y patrimonio propio. Su objeto principal será el desarrollo económico y social del respectivo territorio. Asimismo, la Ley 1454 de 2011, dicta normas orgánicas para la organización político-administrativa del territorio colombiano, define los principios e instrumentos para el desarrollo territorial y las competencias en materia de ordenamiento territorial para la Nación, las entidades territoriales y las áreas metropolitanas.

El espíritu de las normas referenciadas ampara el proyecto para la creación de la Región Administrativa de Planificación del Caribe, suscrita el jueves pasado en Barranquilla. No obstante, es pertinente recordar que en el año 2010 fue promovido el voto Caribe, mediante una papeleta simbólica que en las elecciones de ese año fue apoyada por más de 2.500.000 electores.

La creación de la Región Administrativa y de Planificación (RAP), se suma a las expectativas de los ciudadanos del Caribe colombiano, aspiramos que este proceso no sea un acto ceremonial y protocolario, sino un compendio de oportunidades que posibiliten la salida del atraso en que nos encontramos. No podemos ser inferiores al reto, sobre todo la dirigencia costeña, aquejada constantemente por el predominio del centralismo. La RAP Caribe debe responder a las demandas de 10.727.122 de habitantes (Proyecciones del DANE 2017) asentados en 197 municipios de los ocho departamentos de la Región (incluido San Andrés).

La RAP Caribe debe concentrarse en el cierre de brechas y trabajar en aumentar los niveles de competitividad, como condición determinante para mejorar los estándares de calidad de vida de la población en los departamentos. Revertir la radiografía que evidenció el Índice de Competitividad Departamental de 2014 y 2016 es el primer referente y reto que debe tomar la dirigencia del Caribe colombiano, en aras de mejorar la medición de los factores de competitividad en: 1) Condiciones Básicas que incluye seis pilares relacionados con: instituciones; infraestructura; tamaño del mercado; educación básica y media; salud; y medio ambiente, 2) Eficiencia incluye dos pilares: educación superior y capacitación, y eficiencia de los mercados 3) Sofisticación e innovación, incluye dos pilares que miden: la sofisticación y diversificación productiva, así como la innovación y la dinámica empresarial, en este marco está la base para establecer la prospectiva de la Región, en procura de alcanzar resultados económicos con desempeño integral.

Los resultados entregados por el Índice Departamental de Competitividad 2016, ubicó a los departamentos de la Región Caribe de la siguiente manera: Atlántico (9), Bolívar (12), Córdoba (13), Cesar (19), Sucre (21) Magdalena (22) y la Guajira (24).

Lograr que la riqueza minera, agrícola, ganadera y cultural se refleje en los resultados de las mediciones sobre competitividad efectuadas en el país debe ser el primer objetivo de la RAP Caribe. La articulación territorial debe definir planes de largo plazo, con sinergias que vinculen los sectores público y privado, teniendo como punto de encuentro al ciudadano actor destacado en la solución de los retos que afrontan las ciudades. Como dije, el RAP Caribe está lleno de expectativas y retos para cumplir, pero el aval del éxito de este proyecto está en la confianza, el liderazgo y transparencia de los líderes fundadores y en lo sucesivo de los encargados de mantener su ejecución.

Por Luis Elquis Díaz

@LuchoDiaz12