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Columnista - 27 febrero, 2018

Precisiones necesarias e inevitables

Con esto de las redes sociales y de la era digital, las informaciones se propalan rápidamente y la sociedad recibe un bombardeo de noticias, afirmaciones y conceptos que se suceden y atropellan, raudamente, unos con otros. Ahora lo jurídico es más visible y en cada colombiano hay un abogado y hasta un pretenso jurista. Pero […]

Con esto de las redes sociales y de la era digital, las informaciones se propalan rápidamente y la sociedad recibe un bombardeo de noticias, afirmaciones y conceptos que se suceden y atropellan, raudamente, unos con otros. Ahora lo jurídico es más visible y en cada colombiano hay un abogado y hasta un pretenso jurista.

Pero la distorsión y el alcance equivocado de las informaciones legales, producen (en una sociedad dividida) confusión y caos, tanto en la gente de a pie, en los legos del derecho y aun en los conocedores de las instituciones jurídicas. –¿O: esa será precisamente la idea?

El senador Iván Cepeda Castro, quien es abogado, creo que especialista y hasta magister, adrede pretende confundir a la opinión pública afirmando sin empacho que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) profirió un fallo o sentencia en su favor. Y la CSJ emitió -técnicamente- lo que se denomina un Auto Inhibitorio que elementalmente significa abstenerse de abrir una investigación penal luego de indagar unos hechos denunciados por el senador Uribe a través del abogado Granados. En pocas palabras su comportamiento no se ha concluido que sea de inocencia o responsabilidad penal, sino que en etapa de indagación preliminar se arribó a la conclusión de no aperturarse investigación formal en contra de Cepeda Castro. Eso es todo.

Uribe denunciante y parte civil ha propuesto con su abogado, contra aquella decisión judicial recurso de reposición para que se reexamine el asunto y eventualmente la CSJ revoque su propia decisión y por ejemplo reconsidere la inhibición y ello es posible porque la abstención de no abrirse investigación, no hace tránsito a cosa juzgada material, es decir, susceptible de revocarse si sobrevienen pruebas que tengan la potencialidad de remover la postura inicial. Se ha anunciado por el denunciante Uribe que se aportarán nuevas pruebas para ese propósito. Lo acabado de describir es lo que ocurre en la praxis diaria de la justicia, sin las alharacas que esa actuación penal ha suscitado por la coyuntura electoral y los inefables protagonistas.

También errado mensaje se envía a la sociedad cuando el Procurador General Carrillo -micrófono en mano- advierte que no estaba conforme con la aprobación del preacuerdo que hiciera la CSJ en el caso penal del exgobernador Alejandro Lyons, porque -crasamente- desconoce las instituciones jurídicas. Primero su Procurador Delegado, paradójicamente, estuvo de acuerdo con la aprobación. Segundo la CSJ con competencia aprobó el preacuerdo convenido entre Lyons y la Fiscalía General de la Nación, únicamente por el delito de concierto para delinquir que si es simple tiene una pena que oscila entre 4 y 9 años de prisión. A Lyons se le han de seguir múltiples procesos por otra clase de delitos como peculados, contratación indebida, es decir, la noticia que frente a la posibilidad que se haya apropiado de miles y millones de pesos y solo devolvería una mínima porción, es malévola porque no atiende a la realidad procesal de cada proceso penal en particular. Perverso.

José Félix Lafaurie con pluma fogosa dice que “a ese mismo Romaña, la Fiscalía lo encontró culpable de lavar inmensos recursos a través de una red de supermercados populares…”. Empero la investigación no solo apenas comienza, sino que la Fiscalía, investiga y acusa, no juzga porque ese es rol de los jueces. Y da con afirmaciones categóricas por sentado la “culpabilidad” del nefasto personaje alias Romaña o de “responsabilidad” de la Farc, conclusiones a la que debe llegar no la Fiscalía sino la autoridad judicial competente. Inaudito.

El jurista Daniel Coronell escribe por su parte con odio que “el informe –aparentemente lleno de indicios-” confundiendo la prueba del indicio con la evidencia. El indicio es un ejercicio mental de razonamiento. Una actividad de raciocinio, pero los columnistas lo jurídico lo desfiguran osada, perversamente empleando términos y frases hueras e imprecisas. ¡Que horrore!

Columnista
27 febrero, 2018

Precisiones necesarias e inevitables

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Hugo Mendoza

Con esto de las redes sociales y de la era digital, las informaciones se propalan rápidamente y la sociedad recibe un bombardeo de noticias, afirmaciones y conceptos que se suceden y atropellan, raudamente, unos con otros. Ahora lo jurídico es más visible y en cada colombiano hay un abogado y hasta un pretenso jurista. Pero […]


Con esto de las redes sociales y de la era digital, las informaciones se propalan rápidamente y la sociedad recibe un bombardeo de noticias, afirmaciones y conceptos que se suceden y atropellan, raudamente, unos con otros. Ahora lo jurídico es más visible y en cada colombiano hay un abogado y hasta un pretenso jurista.

Pero la distorsión y el alcance equivocado de las informaciones legales, producen (en una sociedad dividida) confusión y caos, tanto en la gente de a pie, en los legos del derecho y aun en los conocedores de las instituciones jurídicas. –¿O: esa será precisamente la idea?

El senador Iván Cepeda Castro, quien es abogado, creo que especialista y hasta magister, adrede pretende confundir a la opinión pública afirmando sin empacho que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) profirió un fallo o sentencia en su favor. Y la CSJ emitió -técnicamente- lo que se denomina un Auto Inhibitorio que elementalmente significa abstenerse de abrir una investigación penal luego de indagar unos hechos denunciados por el senador Uribe a través del abogado Granados. En pocas palabras su comportamiento no se ha concluido que sea de inocencia o responsabilidad penal, sino que en etapa de indagación preliminar se arribó a la conclusión de no aperturarse investigación formal en contra de Cepeda Castro. Eso es todo.

Uribe denunciante y parte civil ha propuesto con su abogado, contra aquella decisión judicial recurso de reposición para que se reexamine el asunto y eventualmente la CSJ revoque su propia decisión y por ejemplo reconsidere la inhibición y ello es posible porque la abstención de no abrirse investigación, no hace tránsito a cosa juzgada material, es decir, susceptible de revocarse si sobrevienen pruebas que tengan la potencialidad de remover la postura inicial. Se ha anunciado por el denunciante Uribe que se aportarán nuevas pruebas para ese propósito. Lo acabado de describir es lo que ocurre en la praxis diaria de la justicia, sin las alharacas que esa actuación penal ha suscitado por la coyuntura electoral y los inefables protagonistas.

También errado mensaje se envía a la sociedad cuando el Procurador General Carrillo -micrófono en mano- advierte que no estaba conforme con la aprobación del preacuerdo que hiciera la CSJ en el caso penal del exgobernador Alejandro Lyons, porque -crasamente- desconoce las instituciones jurídicas. Primero su Procurador Delegado, paradójicamente, estuvo de acuerdo con la aprobación. Segundo la CSJ con competencia aprobó el preacuerdo convenido entre Lyons y la Fiscalía General de la Nación, únicamente por el delito de concierto para delinquir que si es simple tiene una pena que oscila entre 4 y 9 años de prisión. A Lyons se le han de seguir múltiples procesos por otra clase de delitos como peculados, contratación indebida, es decir, la noticia que frente a la posibilidad que se haya apropiado de miles y millones de pesos y solo devolvería una mínima porción, es malévola porque no atiende a la realidad procesal de cada proceso penal en particular. Perverso.

José Félix Lafaurie con pluma fogosa dice que “a ese mismo Romaña, la Fiscalía lo encontró culpable de lavar inmensos recursos a través de una red de supermercados populares…”. Empero la investigación no solo apenas comienza, sino que la Fiscalía, investiga y acusa, no juzga porque ese es rol de los jueces. Y da con afirmaciones categóricas por sentado la “culpabilidad” del nefasto personaje alias Romaña o de “responsabilidad” de la Farc, conclusiones a la que debe llegar no la Fiscalía sino la autoridad judicial competente. Inaudito.

El jurista Daniel Coronell escribe por su parte con odio que “el informe –aparentemente lleno de indicios-” confundiendo la prueba del indicio con la evidencia. El indicio es un ejercicio mental de razonamiento. Una actividad de raciocinio, pero los columnistas lo jurídico lo desfiguran osada, perversamente empleando términos y frases hueras e imprecisas. ¡Que horrore!