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Política - 14 marzo, 2017

Personero recurrió a tutela para que le paguen salario atrasado

Un juez ordenó al alcalde de Valledupar pagar los tres meses que le adeuda al funcionario del Ministerio Público y cumplir con las obligaciones que ordena la Ley 136 de 1994.

Uno de los principales funcionarios encargados de velar porque sean respetados los derechos de la comunidad, tuvo que recurrir a las instancias judiciales para que le hicieran valer los suyos. Se trata del personero municipal Alfonso Campo Martínez, quien tuvo que interponer una tutela para que la Alcaldía de Valledupar le pague su salario.

El funcionario del Ministerio Público instauró la acción judicial contra la administración municipal luego de que el ente territorial se negara a pagar su sueldo, pese a un pronunciamiento del Consejo de Estado, que confirma el principio de legalidad de las medidas en este sentido.
Es así como el Juzgado Segundo Penal Municipal de Valledupar falló a favor de Campo Martínez y ordena a la Alcaldía Municipal pagarle salario y prestaciones.

“La Ley 136 de 1994 obliga a los municipios a pagar el salario de los personeros. En el caso de Valledupar agotamos toda la vía gobernativa explicando a la administración su obligación de cancelar el salario del funcionario y esta se negó a hacerlo, por lo tanto opté por interponer una acción de tutela y amparar mis derechos”, expresó el personero.

Campo Martínez dijo a EL PILÓN que no entiende por qué la administración se niega a cumplir con una obligación legal, con violar un derecho fundamental frente a una normatividad que es tan clara. “No quisiera pensar qué sucede con los ciudadanos de a pie que solicitan se le amparen sus derechos por parte del gobierno, cuando se emiten conceptos jurídicos de manera negativa. Parece que las decisiones del Consejo de Estado y de los tribunales no aplicaran o no se cumplieran por parte de la administración y eso sí es grave”, puntualizó.

El personero de Valledupar no ha recibido su salario desde el 1 de enero de 2017, completando tres meses sin sueldo, sin embargo asegura que ha venido cumpliendo con sus labores legales y constitucionales.

Entre tanto, la Federación Nacional de Personeros explicó que la situación muestra el estado de vulnerabilidad de la garantía del goce efectivo de los derechos, la consolidación de la democracia local y la transparencia institucional, “presupuestos fundamentales para la sostenibilidad de la paz”.

Por su parte, el alcalde Augusto Ramírez Uhía aclaró que su administración hace los giros mensuales y revisará lo sucedido con el personero. “Eso no debe atrasarse y por supuesto si hubo atrasos presentamos las excusas al Personero, eso son doceavas partes que hay que girarlas”, manifestó el mandatario.

La Alcaldía de Valledupar le adeuda al Personero Municipal el salario de los meses de enero, febrero y marzo, por lo que el funcionario del Ministerio Público tuvo que recurrir a una acción de tutela que ordena el pago de sus honorarios y prestaciones.

Andreina Bandera/ EL PILÓN
[email protected]

Política
14 marzo, 2017

Personero recurrió a tutela para que le paguen salario atrasado

Un juez ordenó al alcalde de Valledupar pagar los tres meses que le adeuda al funcionario del Ministerio Público y cumplir con las obligaciones que ordena la Ley 136 de 1994.


Uno de los principales funcionarios encargados de velar porque sean respetados los derechos de la comunidad, tuvo que recurrir a las instancias judiciales para que le hicieran valer los suyos. Se trata del personero municipal Alfonso Campo Martínez, quien tuvo que interponer una tutela para que la Alcaldía de Valledupar le pague su salario.

El funcionario del Ministerio Público instauró la acción judicial contra la administración municipal luego de que el ente territorial se negara a pagar su sueldo, pese a un pronunciamiento del Consejo de Estado, que confirma el principio de legalidad de las medidas en este sentido.
Es así como el Juzgado Segundo Penal Municipal de Valledupar falló a favor de Campo Martínez y ordena a la Alcaldía Municipal pagarle salario y prestaciones.

“La Ley 136 de 1994 obliga a los municipios a pagar el salario de los personeros. En el caso de Valledupar agotamos toda la vía gobernativa explicando a la administración su obligación de cancelar el salario del funcionario y esta se negó a hacerlo, por lo tanto opté por interponer una acción de tutela y amparar mis derechos”, expresó el personero.

Campo Martínez dijo a EL PILÓN que no entiende por qué la administración se niega a cumplir con una obligación legal, con violar un derecho fundamental frente a una normatividad que es tan clara. “No quisiera pensar qué sucede con los ciudadanos de a pie que solicitan se le amparen sus derechos por parte del gobierno, cuando se emiten conceptos jurídicos de manera negativa. Parece que las decisiones del Consejo de Estado y de los tribunales no aplicaran o no se cumplieran por parte de la administración y eso sí es grave”, puntualizó.

El personero de Valledupar no ha recibido su salario desde el 1 de enero de 2017, completando tres meses sin sueldo, sin embargo asegura que ha venido cumpliendo con sus labores legales y constitucionales.

Entre tanto, la Federación Nacional de Personeros explicó que la situación muestra el estado de vulnerabilidad de la garantía del goce efectivo de los derechos, la consolidación de la democracia local y la transparencia institucional, “presupuestos fundamentales para la sostenibilidad de la paz”.

Por su parte, el alcalde Augusto Ramírez Uhía aclaró que su administración hace los giros mensuales y revisará lo sucedido con el personero. “Eso no debe atrasarse y por supuesto si hubo atrasos presentamos las excusas al Personero, eso son doceavas partes que hay que girarlas”, manifestó el mandatario.

La Alcaldía de Valledupar le adeuda al Personero Municipal el salario de los meses de enero, febrero y marzo, por lo que el funcionario del Ministerio Público tuvo que recurrir a una acción de tutela que ordena el pago de sus honorarios y prestaciones.

Andreina Bandera/ EL PILÓN
[email protected]