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Valledupar,
Arturo Robles Cubillos
Arturo Robles Cubillos
¿Las facturas comerciales mecanismos alternativos eficaces para la financiacion de las microempresas y las Pymes?
26/06/2008

El Consejo Nacional de Política Económica y Social, en el documento Conpes 3484 de agosto 13 de 2007, fijó estrategias políticas para la transformación productiva y la mejora sostenible de la productividad y competitividad de las Microempresas y de las Pymes, anotando que para constituirlas como fuente creciente de generación de ingresos y empleo de calidad, deben tener capacidad para acceder a fuentes de financiación que les permita mantener liquidez.

En ese sentido el Congreso de la República en el periodo de la legislatura concluido la semana pasada, aprobó el proyecto de Ley ‘Factoring’, instituyendo a la factura comercial o de venta como título valor y como tal un instrumento negociable en el mercado financiero.

Acopi, el gremio de la pequeña y mediana empresa, exalta lo benéfico de la 'Ley de Factoring', debido a los constantes y permanentes abusos de las grandes superficies con los proveedores pequeños.

La legislación tiene que darle vigor a la razón de ser de este título valor, para que tenga verdadera eficacia legal y económica, sin vulnerar los atributos de los títulos valores, documentos necesarios para garantizar el ejercicio del derecho, literal y autónomo que en ellos se incorporan.

Actualmente la factura de venta, es un documento de imperativa existencia en todas las compra venta de bienes y servicios.

La factura cambiaria de compraventa - título valor- sólo es para la venta efectiva de mercaderías y no de servicios, su expedición es opcional y por su singularidad no cumple con los fines u objetivos de su existencia, por ello en la práctica mercantil el pagaré está posicionado como el instrumento cambiario eficaz de la actividad crediticia.

Para los comerciantes y las entidades financieras será más efectivo negociar una factura cambiaria de compraventa, por acreditar la existencia real y material de una actividad mercantil.

Pero desafortunadamente la nueva ‘Ley de Factoring’, al fusionar en un solo documento la factura comercial o de venta y la factura cambiaria de compraventa, consagra la presunción tacita de la aceptación de la factura, innovación que aniquila la seguridad del documento, por cuanto no es necesario la firma – aceptación- de quien ha recibido los bienes o servicios, lo que va a generar desconfianza para negociar o endosar el título valor. ¿Si surgen litigios con la aceptación expresa, como será con la nueva disposición?

Por ello muy a pesar del entusiasmo de Acopi y de los congresistas impulsadores de la nueva Ley, no habrá ningún avance notorio o significativo en el uso de este instrumento de financiación, en consecuencia es necesario formular una reglamentación con verdadera coherencia jurídica para dotar a los pequeños y medianos empresarios de un eficaz instrumento de financiación.

*Abogado, especializado en Derecho Comercial, Candidato a Magíster en ‘Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual y del Estado’. Docente Investigador de la Universidad Externado de Colombia.

Arturo Robles Cubillos

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