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Económicas - 20 mayo, 2013

Municipios no pueden prohibir extracción de minerales

El Ministerio de Minas expidió un decreto que advierte a los municipios que el permiso para extracción de minerales, es del resorte de las autoridades ambientales y mineras.

“El caudal que alimenta los corregimientos del norte de Valledupar se acaba”, así lo denuncian los habitantes que se nutren de las aguas de río Seco. EL PILÓN / Tomada de Internet.
“El caudal que alimenta los corregimientos del norte de Valledupar se acaba”, así lo denuncian los habitantes que se nutren de las aguas de río Seco. EL PILÓN / Tomada de Internet.

Por Carlos Mario Jiménez / El PILÓN 
[email protected]

La dura batalla emprendida hace más de un año por los pobladores de los corregimientos ubicados al norte de Valledupar; Las Raíces, Alto de la Vuelta, Rio Seco, entre otros que están en contra de la minería y rechazan algunos de los permisos emitidos por la Agencia Nacional de Licencias Ambientales  (ANLA), será más dura, pues ahora afrontarán una orden Nacional. 

El decreto (el 0934 del 9 de mayo de 2013) firmado la semana pasada por el Ministerio de Minas que establece que los municipios no pueden prohibir esta actividad en sus tierras porque esa decisión sólo le compete a las autoridades ambientales y mineras, sigue dando fuerza a los acreedores de los títulos de explotación minera o material de arrastre y a la política del Presidente de la República, Juan Manuel Santos Calderón, líder de la gestión a través de gobierno. 

Con esta resolución firmada por el Ministro de Minas y Energía, Federico Rengifo Vélez, aparentemente quedaría sin peso la resolución 001 del 10 de enero de 2013, emitida por la Corporación Autónoma del Cesar 'Corpocesar', mediante la cual le suspendió la explotación de material de arrastre en el Rio Seco a la empresa Minería La Manuela, propiedad de Rosario Barrios, quien ostenta el título minero 025120; las obras de excavación fueron detenidas el 26 de enero pasado.

En palabras cortas el polémico decreto 0934 quiere decir que por más que un municipio se oponga a la actividad minera, no podrá hacer nada para evitar que allí se entreguen títulos mineros. Aunque el Ministerio de Minas insiste en que este decreto no debería sorprender a los alcaldes, debido a que ya está contemplado en el Código de Minas (desde 2001), la norma no es lo suficientemente clara y varios municipios exigen poder decidir qué tanto están dispuestos a montarse en la locomotora minera de Juan Manuel Santos. 

El fallo "por el cual se reglamenta el artículo 37 de la Ley 685 de 2001" advierte en algunos puntos “que el artículo 80 de la Constitución Política de Colombia establece que el Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible….. Que el artículo 332 de la Constitución Política de Colombia dispone que el Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables”. 

El pasado sábado Corpocesar inspeccionó la zona donde se presenta el conflicto entre arroceros, ganaderos, habitantes y dueños de títulos mineros y comunicó que tras una revisión y otros puntos técnicos, se decidirá en los próximos días sí se levanta o no la prohibición a la empresa Minería La Manuela. 

El concejal Wilber Hinojosa advirtió en días pasados “lo que está pasando y yo no creo que exista una entidad que de, sin concertar y sin el previo análisis un derecho minero. Están acabando con un precioso líquido como lo es el agua”. 

“Del caudal de río Seco, nace el acueducto regional que abastece de agua potable al Alto de la Vuelta, Las Raíces, Guacoche, Guacochito, estamos hablando de unas cinco o seis poblaciones que congregan más de cinco mil personas”, aseguró el edil.

La autoridad local 
El director de la Corporación Autónoma Regional del Cesar, Corpocesar, Kaleth Villalobos Brochel, dijo en una ocasión que para tomar una decisión, debe ser con objetividad y cumpliendo con términos que la Ley misma establece, el funcionario afirma además que ellos (Corpocesar) lo que hacen es dar la licencia ambiental y la someten al cumplimiento de unas obligaciones o plan de manejo ambiental. 
Pero con el nuevo decreto dice que el artículo 109 de la Ley 1450 de 2011 dispuso que es la autoridad minera la competente para elaborar y expedir el Plan de Ordenamiento Minero con base en las políticas, normas, determinantes y directrices establecidas en materia ambiental y ordenamiento del territorio, expedidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial, una situación difícil para las pequeñas poblaciones de Valledupar que exigen solución a la problemática y que posiblemente acabe con el lecho del río Seco.

 

Económicas
20 mayo, 2013

Municipios no pueden prohibir extracción de minerales

El Ministerio de Minas expidió un decreto que advierte a los municipios que el permiso para extracción de minerales, es del resorte de las autoridades ambientales y mineras.


“El caudal que alimenta los corregimientos del norte de Valledupar se acaba”, así lo denuncian los habitantes que se nutren de las aguas de río Seco. EL PILÓN / Tomada de Internet.
“El caudal que alimenta los corregimientos del norte de Valledupar se acaba”, así lo denuncian los habitantes que se nutren de las aguas de río Seco. EL PILÓN / Tomada de Internet.

Por Carlos Mario Jiménez / El PILÓN 
[email protected]

La dura batalla emprendida hace más de un año por los pobladores de los corregimientos ubicados al norte de Valledupar; Las Raíces, Alto de la Vuelta, Rio Seco, entre otros que están en contra de la minería y rechazan algunos de los permisos emitidos por la Agencia Nacional de Licencias Ambientales  (ANLA), será más dura, pues ahora afrontarán una orden Nacional. 

El decreto (el 0934 del 9 de mayo de 2013) firmado la semana pasada por el Ministerio de Minas que establece que los municipios no pueden prohibir esta actividad en sus tierras porque esa decisión sólo le compete a las autoridades ambientales y mineras, sigue dando fuerza a los acreedores de los títulos de explotación minera o material de arrastre y a la política del Presidente de la República, Juan Manuel Santos Calderón, líder de la gestión a través de gobierno. 

Con esta resolución firmada por el Ministro de Minas y Energía, Federico Rengifo Vélez, aparentemente quedaría sin peso la resolución 001 del 10 de enero de 2013, emitida por la Corporación Autónoma del Cesar 'Corpocesar', mediante la cual le suspendió la explotación de material de arrastre en el Rio Seco a la empresa Minería La Manuela, propiedad de Rosario Barrios, quien ostenta el título minero 025120; las obras de excavación fueron detenidas el 26 de enero pasado.

En palabras cortas el polémico decreto 0934 quiere decir que por más que un municipio se oponga a la actividad minera, no podrá hacer nada para evitar que allí se entreguen títulos mineros. Aunque el Ministerio de Minas insiste en que este decreto no debería sorprender a los alcaldes, debido a que ya está contemplado en el Código de Minas (desde 2001), la norma no es lo suficientemente clara y varios municipios exigen poder decidir qué tanto están dispuestos a montarse en la locomotora minera de Juan Manuel Santos. 

El fallo "por el cual se reglamenta el artículo 37 de la Ley 685 de 2001" advierte en algunos puntos “que el artículo 80 de la Constitución Política de Colombia establece que el Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible….. Que el artículo 332 de la Constitución Política de Colombia dispone que el Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables”. 

El pasado sábado Corpocesar inspeccionó la zona donde se presenta el conflicto entre arroceros, ganaderos, habitantes y dueños de títulos mineros y comunicó que tras una revisión y otros puntos técnicos, se decidirá en los próximos días sí se levanta o no la prohibición a la empresa Minería La Manuela. 

El concejal Wilber Hinojosa advirtió en días pasados “lo que está pasando y yo no creo que exista una entidad que de, sin concertar y sin el previo análisis un derecho minero. Están acabando con un precioso líquido como lo es el agua”. 

“Del caudal de río Seco, nace el acueducto regional que abastece de agua potable al Alto de la Vuelta, Las Raíces, Guacoche, Guacochito, estamos hablando de unas cinco o seis poblaciones que congregan más de cinco mil personas”, aseguró el edil.

La autoridad local 
El director de la Corporación Autónoma Regional del Cesar, Corpocesar, Kaleth Villalobos Brochel, dijo en una ocasión que para tomar una decisión, debe ser con objetividad y cumpliendo con términos que la Ley misma establece, el funcionario afirma además que ellos (Corpocesar) lo que hacen es dar la licencia ambiental y la someten al cumplimiento de unas obligaciones o plan de manejo ambiental. 
Pero con el nuevo decreto dice que el artículo 109 de la Ley 1450 de 2011 dispuso que es la autoridad minera la competente para elaborar y expedir el Plan de Ordenamiento Minero con base en las políticas, normas, determinantes y directrices establecidas en materia ambiental y ordenamiento del territorio, expedidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial, una situación difícil para las pequeñas poblaciones de Valledupar que exigen solución a la problemática y que posiblemente acabe con el lecho del río Seco.