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Editorial - 14 febrero, 2017

Mesura concejales

La historia de elección del Contralor Municipal de Valledupar ha dejado varias lecciones, especialmente para los 19 concejales de la ciudad que tienen en sus manos la elección de la persona que debe ocupar este cargo. En el primer intento que tuvo lugar en enero de 2016, hace más de un año, se equivocaron al […]

La historia de elección del Contralor Municipal de Valledupar ha dejado varias lecciones, especialmente para los 19 concejales de la ciudad que tienen en sus manos la elección de la persona que debe ocupar este cargo. En el primer intento que tuvo lugar en enero de 2016, hace más de un año, se equivocaron al escoger al abogado Alvaro Castilla debido a que este no tenía el mayor puntaje de calificación de la terna escogida. La decisión de los concejales, que fue avalada en primera instancia por el Tribunal Administrativo del Cesar, fue negada por la Sala Quinta del Consejo de Estado en diciembre pasado, recordándoles que en los concursos de méritos se escoge al que tenga el mejor puntaje.

Una lección que no debe olvidárseles. Recordamos este aparte del fallo del Consejo de Estado: “… bajo las reglas de la convocatoria establecida por la Resolución N. 044 del 8 de diciembre de 2015, expedida por el Concejo Municipal de Valledupar la elección del contralor debió recaer en el participante mejor puntuado, razón por la cual, esta Sala Revocará la decisión de negar la pretensión de la acción de nulidad electoral contenida en la sentencia del 21 de septiembre de 2016, dictada por el Tribunal Administrativo del Cesar y, en su lugar, accederá a declarar la nulidad del acto de elección contenido en el acta de sesión del 7 de enero de 2016, por las razones aquí expresadas”.

Y este mismo fallo dice: “…la Sala precisa que como consecuencia de la declaratoria de la nulidad del acto acusado, el Concejo Municipal de Valledupar deberá proceder a realizar la elección del Contralor de esa localidad, teniendo en cuenta el orden de la lista de elegibles conformada para el efecto, según el artículo 18 de la Resolución N. 044 de 2015, esto es, en la persona que ocupó el primer lugar por representar el más alto de los puntajes de los participantes”.

Más claro, imposible. En este caso el mayor puntaje es el de Omar Contreras Socarrás, actual defensor del Pueblo del Cesar, y le sigue en su orden Jorge Araujo. Segunda lección.

Sorprende que el Concejo de Valledupar haya dado tantas vueltas para hacer cumplir el fallo y más sorprende cuando convoca a una sesión especial para analizar sí Contreras está inhabilitado o no. Sí se querían curarse en salud, era suficiente una consulta a la Procuraduría para proceder y estar preparados cuando en sesión ordinaria o extraordinaria nombren nuevo Contralor Municipal. Este escenario que han armado para mañana miércoles parece más para hacerle el quite a la decisión, que para aclarar sus dudas.

EL PILÓN consultó expertos jurídicos, que aseguran que los concejales solo deben cumplir el fallo, pues este no acepta interpretaciones subjetivas, debido a que es un fallo de cumplimiento, no es para estudio ni análisis. Hay que recordar que este asunto ya pasó todas las instancias, y sin ser aves de mal agüero es mejor que los concejales tengan cuidado, acaten la decisión de segunda instancia, y no vayan a caer en los denominados fraudes a resoluciones judiciales, que es un delito y tiene prisión.

Editorial
14 febrero, 2017

Mesura concejales

La historia de elección del Contralor Municipal de Valledupar ha dejado varias lecciones, especialmente para los 19 concejales de la ciudad que tienen en sus manos la elección de la persona que debe ocupar este cargo. En el primer intento que tuvo lugar en enero de 2016, hace más de un año, se equivocaron al […]


La historia de elección del Contralor Municipal de Valledupar ha dejado varias lecciones, especialmente para los 19 concejales de la ciudad que tienen en sus manos la elección de la persona que debe ocupar este cargo. En el primer intento que tuvo lugar en enero de 2016, hace más de un año, se equivocaron al escoger al abogado Alvaro Castilla debido a que este no tenía el mayor puntaje de calificación de la terna escogida. La decisión de los concejales, que fue avalada en primera instancia por el Tribunal Administrativo del Cesar, fue negada por la Sala Quinta del Consejo de Estado en diciembre pasado, recordándoles que en los concursos de méritos se escoge al que tenga el mejor puntaje.

Una lección que no debe olvidárseles. Recordamos este aparte del fallo del Consejo de Estado: “… bajo las reglas de la convocatoria establecida por la Resolución N. 044 del 8 de diciembre de 2015, expedida por el Concejo Municipal de Valledupar la elección del contralor debió recaer en el participante mejor puntuado, razón por la cual, esta Sala Revocará la decisión de negar la pretensión de la acción de nulidad electoral contenida en la sentencia del 21 de septiembre de 2016, dictada por el Tribunal Administrativo del Cesar y, en su lugar, accederá a declarar la nulidad del acto de elección contenido en el acta de sesión del 7 de enero de 2016, por las razones aquí expresadas”.

Y este mismo fallo dice: “…la Sala precisa que como consecuencia de la declaratoria de la nulidad del acto acusado, el Concejo Municipal de Valledupar deberá proceder a realizar la elección del Contralor de esa localidad, teniendo en cuenta el orden de la lista de elegibles conformada para el efecto, según el artículo 18 de la Resolución N. 044 de 2015, esto es, en la persona que ocupó el primer lugar por representar el más alto de los puntajes de los participantes”.

Más claro, imposible. En este caso el mayor puntaje es el de Omar Contreras Socarrás, actual defensor del Pueblo del Cesar, y le sigue en su orden Jorge Araujo. Segunda lección.

Sorprende que el Concejo de Valledupar haya dado tantas vueltas para hacer cumplir el fallo y más sorprende cuando convoca a una sesión especial para analizar sí Contreras está inhabilitado o no. Sí se querían curarse en salud, era suficiente una consulta a la Procuraduría para proceder y estar preparados cuando en sesión ordinaria o extraordinaria nombren nuevo Contralor Municipal. Este escenario que han armado para mañana miércoles parece más para hacerle el quite a la decisión, que para aclarar sus dudas.

EL PILÓN consultó expertos jurídicos, que aseguran que los concejales solo deben cumplir el fallo, pues este no acepta interpretaciones subjetivas, debido a que es un fallo de cumplimiento, no es para estudio ni análisis. Hay que recordar que este asunto ya pasó todas las instancias, y sin ser aves de mal agüero es mejor que los concejales tengan cuidado, acaten la decisión de segunda instancia, y no vayan a caer en los denominados fraudes a resoluciones judiciales, que es un delito y tiene prisión.