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Columnista - 3 marzo, 2015

Uribe, ¿intocable?

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia enunció el sentido de fallo condenatorio en el caso penal que por las chuzadas del DAS se le sigue a los aforados constitucionales Bernardo Moreno -Secretario General de la Presidencia en el gobierno de Uribe Vélez- y a la ex directora de aquel organismo […]

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia enunció el sentido de fallo condenatorio en el caso penal que por las chuzadas del DAS se le sigue a los aforados constitucionales Bernardo Moreno -Secretario General de la Presidencia en el gobierno de Uribe Vélez- y a la ex directora de aquel organismo María del Pilar Hurtado (La Coneja). Solo falta conocerse la individualización de la pena y sentencia.

Ahora, por el caso concreto de la conspiración y espionaje ilegal del DAS al expresidente Uribe también se le sigue actuación penal ante la comisión de acusación de la Cámara de Representantes. El Congreso es su inicial juez natural. Ese fuero constitucional no lo pierde por la circunstancia de ser actual senador, porque los hechos delictuales se llevaron a cabo en ejercicio del cargo.

Y bien. La CSJ tiene competencia para en única instancia, investigar, acusar y juzgar a los congresistas. Estos gozan de fuero constitucional. Uribe es hoy Senador. El régimen jurídico procesal aplicable a los senadores y representantes es el contenido en el sistema inquisitivo (L.600/00) y no el sistema penal acusatorio (L.906/04).

La CSJ le ha abierto indagación preliminar al senador Uribe por el caso de las chuzadas perpetrados por el hacker Andrés Sepúlveda. Se le recepcionará por un Magistrado del alto tribunal Versión Libre, donde el indagado ofrecerá su versión sobre lo que conoce de ese ilícito episodio factico.

Oscar Iván Zuluaga y su hijo David luego de ser interrogados por la Fiscalía General de la Nación, asumieron la condición de indiciados en la averiguación penal del caso del confeso hacker Sepúlveda. La investigación de estos se gobierna por el sistema penal acusatorio.

Uribe indagado. Los Zuluaga indiciados. Complicado todo lo que se deja dicho atrás, ¿cierto? Los estudiantes de derecho procesal penal de la UDES y de la UPC encuentran en estas líneas información sucinta sobre temas relacionados con los sistemas históricos de investigación penal, órganos que administran justicia penal en Colombia, fuero constitucional, asuntos de que conoce la CSJ, etc.

Empero el grueso de la población colombiana hallan en todo lo que se deja dicho, galimatías jurídicas que generan multilecturas y especulaciones de todo orden. No obstante, lo descrito arriba conduce a reflexionar en torno a que el expresidente Uribe conserva el fuero respecto de los delitos que tengan relación con las funciones desempeñadas, aunque hubiere cesado en el ejercicio del cargo de presidente.

Su juez competente, se repite, para estos casos es el Congreso. Lo investiga y lo acusa la Cámara de Representantes vía comisión de acusaciones y lo juzga el Senado en una especie de juicio político. Si lo de las interceptaciones ilegales es una cuestión de indignidad por mala conducta del travieso Uribe, se le impone pena de destitución o la privación temporal o perdida absoluta de derechos políticos.

Si se trata de delitos comunes, el Senado se limita a declarar si hay o no lugar a seguimiento de causa contra Uribe y lo pondrá a disposición de la CSJ, órgano este que adelantará el juicio judicial. Siempre Uribe ha de estar pues en la ronda de la Corte. Hay que rodearlo.

Columnista
3 marzo, 2015

Uribe, ¿intocable?

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Hugo Mendoza

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia enunció el sentido de fallo condenatorio en el caso penal que por las chuzadas del DAS se le sigue a los aforados constitucionales Bernardo Moreno -Secretario General de la Presidencia en el gobierno de Uribe Vélez- y a la ex directora de aquel organismo […]


La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia enunció el sentido de fallo condenatorio en el caso penal que por las chuzadas del DAS se le sigue a los aforados constitucionales Bernardo Moreno -Secretario General de la Presidencia en el gobierno de Uribe Vélez- y a la ex directora de aquel organismo María del Pilar Hurtado (La Coneja). Solo falta conocerse la individualización de la pena y sentencia.

Ahora, por el caso concreto de la conspiración y espionaje ilegal del DAS al expresidente Uribe también se le sigue actuación penal ante la comisión de acusación de la Cámara de Representantes. El Congreso es su inicial juez natural. Ese fuero constitucional no lo pierde por la circunstancia de ser actual senador, porque los hechos delictuales se llevaron a cabo en ejercicio del cargo.

Y bien. La CSJ tiene competencia para en única instancia, investigar, acusar y juzgar a los congresistas. Estos gozan de fuero constitucional. Uribe es hoy Senador. El régimen jurídico procesal aplicable a los senadores y representantes es el contenido en el sistema inquisitivo (L.600/00) y no el sistema penal acusatorio (L.906/04).

La CSJ le ha abierto indagación preliminar al senador Uribe por el caso de las chuzadas perpetrados por el hacker Andrés Sepúlveda. Se le recepcionará por un Magistrado del alto tribunal Versión Libre, donde el indagado ofrecerá su versión sobre lo que conoce de ese ilícito episodio factico.

Oscar Iván Zuluaga y su hijo David luego de ser interrogados por la Fiscalía General de la Nación, asumieron la condición de indiciados en la averiguación penal del caso del confeso hacker Sepúlveda. La investigación de estos se gobierna por el sistema penal acusatorio.

Uribe indagado. Los Zuluaga indiciados. Complicado todo lo que se deja dicho atrás, ¿cierto? Los estudiantes de derecho procesal penal de la UDES y de la UPC encuentran en estas líneas información sucinta sobre temas relacionados con los sistemas históricos de investigación penal, órganos que administran justicia penal en Colombia, fuero constitucional, asuntos de que conoce la CSJ, etc.

Empero el grueso de la población colombiana hallan en todo lo que se deja dicho, galimatías jurídicas que generan multilecturas y especulaciones de todo orden. No obstante, lo descrito arriba conduce a reflexionar en torno a que el expresidente Uribe conserva el fuero respecto de los delitos que tengan relación con las funciones desempeñadas, aunque hubiere cesado en el ejercicio del cargo de presidente.

Su juez competente, se repite, para estos casos es el Congreso. Lo investiga y lo acusa la Cámara de Representantes vía comisión de acusaciones y lo juzga el Senado en una especie de juicio político. Si lo de las interceptaciones ilegales es una cuestión de indignidad por mala conducta del travieso Uribe, se le impone pena de destitución o la privación temporal o perdida absoluta de derechos políticos.

Si se trata de delitos comunes, el Senado se limita a declarar si hay o no lugar a seguimiento de causa contra Uribe y lo pondrá a disposición de la CSJ, órgano este que adelantará el juicio judicial. Siempre Uribe ha de estar pues en la ronda de la Corte. Hay que rodearlo.